Julian Assange no será extraditado a países con pena de muerte dice gobierno británico

A través de tres cartas hechas públicas este lunes 15 de abril del 2019, el gobierno británico aseguró que Julian Assange no será extraditado a países que pongan en riesgo su vida.

Boris Johnson, secretario de Estado para Relaciones Exteriores y de la Mancomunidad de Naciones del Reino Unido firmó la primera carta, fechada el 7 de marzo del 2018, en respuesta a la consulta de Lenín Moreno indicando que:

“Su Excelencia,

Usted se mostró preocupado de que si Julian Assange fuese extraditado desde el Reino Unido, podría existir un riesgo de que sea sujeto a pena de muerte. Puedo confirmar que de acuerdo con la legislación del Reino Unido, la extradicion de una persona no puede ser ordenada a donde la pena de muerte pueda ser llevada a cabo.

Cuando una solicitud de extradición es presentada por un país donde las sanciones incluyen la pena de muerte, la legislación del Reino Unido señala que la extradición no puede ser ordenada a menos que el Ministro de Estado haya primero recibido la seguridad de que la pena de muerte no será impuesta ni llevada a cabo.

Existe una protección adicional bajo la ley del Reino Unido, que es que si el Ministro de Estado acepta una garantía que considere adecuada, la persona interesada también puede solicitar permiso para apelar ante la Corte Suprema, que examinará la garantía otorgada».

El 10 de agosto del 2018, Jeremy Hunt, quien asumió la Secretaría de Estado para Relaciones Exteriores luego de la salida de Jhonson, ratificó lo expuesto en el primer comunicado.

La tercera carta, fechada el 3 de abril del 2019, fue dirigida desde la Embajada británica en Ecuador al Gobierno de Moreno, agrega que “un juez no debe ordenar la extradición de una persona si no es compatible con sus derechos de Convención como se establece dentro del Acta de Derechos Humanos de 1998.

El Acta de Derechos Humanos incorpora los derechos establecidos en la Convención Europea de Derechos Humanos (ECHR) dentro de la ley doméstica del Reino Unido. El Artículo 3 del ECHR prohíbe la tortura y el trato inhumano y degradante”, esta vez como respuesta al Ministerio de Relaciones Exteriores de Movilidad Humana y al Viceministerio de Relaciones Exteriores, Integración Política y Cooperación Internacional. Julian Assange fue detenido por la policía británica luego de que el gobierno ecuatoriano le retiró, el jueves 11 de abril del 2019, el asilo político y la nacionalidad ecuatoriana «por violar reiteradamente convenciones internacionales y protocolo de convivencia» según la Cancillería de Ecuador. (El Comercio)

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