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ATENCIÓN | El 20 de noviembre será la audiencia donde se tratará posible legalización de la eutanasia

La Corte Constitucional fijó la fecha de la audiencia para tratar la posible legalización de la eutanasia en Ecuador. Será el lunes, 20 de noviembre de 2023, a las 15:00. Allí se abordará la demanda de inconstitucionalidad presentada por Paola Roldán, quien fue diagnosticada con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA). La enfermedad la mantiene conectada a un respirador y con movilidad limitada.

En la demanda se apela al artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cual contradice principios constitucionales. Entre ellos, autonomía personal, dignidad humana y derecho a una muerte digna. En ese marco, Roldán plantea la eutanasia como una forma de ejercer su acceso a una muerte digna y poner fin a su padecimiento.

La Corte Constitucional reconoció la importancia del caso, por lo que se espera que en la audiencia se planteen los argumentos necesarios para dar paso a la eutanasia para quienes enfrentan enfermedades terminales.

¿Cómo se realizará la audiencia de Paola Roldán? 

La audiencia será presidida por Enrique Herrería, juez constitucional. Él deberá constatar que las partes estén presentes. Los ocho jueces restantes de la Corte Constitucional pueden o no estar presentes.

Las partes procesales para este caso son: Paola Roldán Espinosa y su equipo de abogados; la Asamblea Nacional, en su papel de generadora de leyes; el Ejecutivo, como colegislador. También ha sido notificado el Ministerio de Salud Pública (MSP) debido a su competencia.

Tras la audiencia, la Corte se tomará un tiempo para tomar su decisión. En otros temas, el tiempo ha sido entre dos y tres semanas.

Más detalles sobre la demanda de inconstitucionalidad 

Si se da paso al pedido de Paola Roldán de acceder a una muerte digna (eutanasia) se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Declaración de consentimiento, libre, informado e inequívoco de la persona que ejerce su derecho a morir dignamente. Esta decisión no podrá ser tomada por terceros, familiares, amigos o médicos, se trata de una decisión personal.
  2. Padecimiento de intenso sufrimiento físico o emocional
  3. Diagnóstico de enfermedad o lesión grave incurable.
  4. Realización de procedimiento de muerte digna por parte de un profesional de la salud. Este procedimiento no podrá ser realizado por amigos, familiares o terceros.
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