Con base en los argumentos expuestos por Fiscalía, también en segunda instancia, Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Cañar revocó la sentencia en la que se ratificó el estado de inocencia de Carlos Enrique G. N. por el delito de abuso sexual.
Los magistrados le impusieron una pena de diecisiete años y cuatro meses de pena privativa de libertad. Además, ordenaron el pago de 5.000 dólares por concepto de reparación integral a favor de la víctima.
Los hechos se registraron en el cantón Biblián, entre septiembre y diciembre de 2020. El ya sentenciado era pareja de la madre de la víctima y se encontraban en un motel de la localidad.
La mujer acudió –en tres ocasiones– a estas citas con su hija de 5 años. En una de estas, el hombre abusó sexualmente de la niña.
En su resolución, los jueces Mauro Flores, Andrés Mogrovejo y Gonzalo Urgilez (ponente) dispusieron que se investigue a la madre de la infante por el riesgo en el que puso a la niña, al acudir a este tipo de encuentros con ella.
Información jurídica
Carlos Enrique G. N. fue procesado por el delito de abuso sexual, tipificado en el artículo 170, inciso tercero –con la agravante del artículo 48, numeral 9– del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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