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URGENTE | Expertos evalúan que no es acertado declarar a los grupos delincuenciales como terroristas

El 19 de abril, Cucalón se refirió en un canal televisivo a la puesta en libertad de uno de los detenidos por el asesinato de nueve personas en Esmeraldas. Denominó al hecho como un “acto terrorista” por “asesinar a mansalva” a los pescadores.

En ese contexto señaló que “la ciudadanía tiene que tener claro que este es un momento de quiebre y hay una nueva misión para las Fuerzas Armadas. El crimen organizado, el narcotráfico no pueden tener a su merced a los ecuatorianos, atentan contra la existencia misma del Estado”.

Dijo que esos grupos han elevado su peligrosidad por lo que deben ser considerados como “grupos terroristas para que entren con toda la fuerza que tiene el orden público, las Fuerzas Armadas, para detener esta amenaza”.

El analista en Seguridad, Hernán Moreano, dice que la realidad de Ecuador aún es diferente a la de Colombia o México y lo acorde es denominar como “actos violentos” y no actos terroristas a los hechos de “alta violencia” registrados en los últimos días.

Efectos en derechos humanos

Moreano advierte al Cosepe que antes de calificar como terroristas a los GDO mida las implicaciones que se pueden generar a nivel nacional e internacional.

La declaratoria se entendería como una “guerra contra el terrorismo” y no se sabe cuál será la capacidad de reacción de los grupos para contrarrestar al Estado, apunta al mencionar que hay diferencias entre terrorista y delincuente, y lucha contra la delincuencia y guerra contra el terrorismo.

Especifica que los delincuentes son infractores de la ley que realizan actividades ilegales para lucrar y los policías pueden incluso disparar, sin vulnerar sus derechos humanos. “Pero calificarles de terroristas es peligroso” porque con un terrorista no se puede dialogar y la idea es disparar antes de que este ataque.

Eso sería visto como violaciones a los derechos humanos y el presidente Guillermo Lasso podría tener problemas con organismos gubernamentales e internacionales, el Cosepe debe pensar en esos escenarios, indica. “Declarar una guerra al terrorismo, es disparar a matar”, resalta.

“Hay que tener mucho cuidado con esas declaraciones. Es cierto que hay mucha violencia en el país, pero la solución, además de detener a los delincuentes, debería ser una solución social”, evalúa. Moreano apuesta por un diálogo nacional para establecer estrategias y políticas de seguridad pública si se quiere un país de paz para los próximos años.

Ecuador es signatario de la Convención Americana sobre Derechos Humanos por lo que debe garantizar que todas sus políticas y normativa en materia de seguridad pública respeten esa normativa internacional, concluye el analista.

Declaratoria sin efecto jurídico

Fausto Vásquez, experto en derecho penal, explica que al hacer la declaratoria habrá varias dificultades. Recuerda que el término terrorismo está tipificado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y para que se identifique a un hecho como terrorista debe cumplir requisitos determinados en esa ley.

El artículo 366 indica que la persona que individualmente o formando asociaciones armadas provoque o mantenga en estado de terror a la población o a un sector de ella, mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas o pongan en peligro las edificaciones, medios de comunicación, transporte, valiéndose de medios capaces de causar estragos, será sancionada con pena privativa de libertad de 10 a 13 años. Los motivos se especifican en 10 numerales.

La declaratoria del Cosepe no bastará porque solo un Juez puede resolver si un hecho es un delito de terrorismo o no con base a la acusación de un Fiscal. Ambos deben remitirse al principio de legalidad que rige en el COIP, sobre eso descansa la seguridad jurídica y el estado de derechos. Por ello, concluye que si el Cosepe declara a los GDO como terroristas será una mera calificación simbólica que no generará ningún efecto jurídico. Considera esa intención como errada.

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