Ecuador deportará a extranjeros condenados de 3 a 5 años y los que alteren el orden público

Ecuador reformará su Ley de Movilidad Humana con la introducción de nuevos supuestos para la deportación de extranjeros, como que sean condenados de 3 a 5 años de cárcel o sancionados por alterar el orden público.

El asambleísta impulsor de la reforma, Fernando Flores, del bloque liberal-conservador CREO, explicó este viernes a Efe que se incluirán dos nuevas causales para la deportación de extranjeros en virtud del proyecto de reforma aprobado en la víspera.

Hasta la fecha existían siete supuestos para la deportación de extranjeros del país conforme a la Ley de Movilidad vigente desde enero de 2017.
Pero ahora la propuesta de reforma incluye que puedan ser deportados de Ecuador aquellos extranjeros que hayan recibido una sentencia condenatoria ejecutoriada por el cometimiento de un delito sancionado con pena una privativa de libertad de 3 a 5 años, según la legislación penal vigente.
También podrán ser expulsados del país los sancionados por la comisión de alguna contravención contenida en la ley y que atente contra la paz ciudadana y el orden público.
«El pueblo ecuatoriano en este momento siente inseguridad que se viene desprendiendo de la migración que hemos recibido en los últimos años de venezolanos, colombianos y cubanos», justificó el legislador proponente de la reforma.
Ante las críticas surgidas por parte de grupos de migrantes venezolanos que han tachado la fórmula como un intento de criminalizar al colectivo, Flores dijo que «es apegada a nuestra Constitución, que es garantista de derechos, y a los acuerdos internacionales».
Aclaró que con la reforma a la Ley de Movilidad se podrá reducir el tiempo de deportación de ciudadanos extranjeros del país, y que en su espíritu ha buscado «garantizar derechos a los ecuatorianos que residen en el exterior y darles garantías».
La reforma fue aprobada por 87 votos a favor de los 137 que componen el pleno del Legislativo ecuatoriano y supone además la modificación del 80 % de la norma en vigor.
La Asamblea Nacional indicó que antes de la elaboración del informe sobre la reforma, los legisladores «recibieron observaciones de representantes de las instituciones del Ejecutivo, organismos internacionales, sociedad civil y organizaciones de migrantes retornados».
Las causales para que un ciudadano extranjero fuera deportado incluían hasta ahora que su ingreso al territorio ecuatoriano por un lugar no autorizado, que proporcione en cualquier momento documentación fraudulenta o alterada y la exhiba ante cualquier autoridad pública.
También que la persona de nacionalidad extranjera no haya iniciado el proceso de regularización en el plazo dispuesto por la Ley, que haya reincidido en el cometimiento de faltas migratorias o recibido la revocatoria de su visa.
Por último, estipulaba como causal que el foráneo haya incumplido el plazo de salida del país vulnerando la notificación que daba un plazo de treinta días para ello.
La reforma aprobada incluye que el ciudadano «sea considerado una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura de Estado, según la información que dispongan las autoridades competentes».
El bloque izquierdista Revolución Ciudadana se abstuvo de apoyar la reforma alegando que atenta contra los derechos humanos.
Una vez aprobado por el Parlamento, el presidente ecuatoriano, Lenín Moreno, tiene un plazo de 30 días para vetarla antes de que regrese a la Asamblea, o en caso de no presentar ninguna objeción entrará en vigor directamente con su registro oficial. EFE

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