El documento señala que se aceptaron 12 de las 18 objeciones que presentó el presidente Lasso. Estos son los artículos 2, 3, 9, 10, 11, 12, 17, 35, 41, 43, 50 y 53.
«Este Organismo también se pronunció por conexidad sobre la Disposición Transitoria Tercera y la Disposición Reformatoria Segunda del proyecto, al evidenciar que son consecuencia o causa directa del artículo 35 de la Ley Reformatoria y, como resultado, declaró su incompatibilidad con la Constitución», agrega el documento.
En cambio las objecciones que fueron desestimadas son los artículos 4, 8, 15, 43, 46 y 52.
?#BoletínCC | Este Organismo en cumplimiento con el plazo concedido en el artículo 131 de la LOGJCC emite el Dictamen Nro. 3-22-OP/22 respecto de la Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Comunicación.
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El abogado André Benavides explicó que ahora la Asamblea deberá «enmendar la ley con los parámetros dispuestos por la Magistratura».
El secretario jurídico de la Presidencia, Fabian Pozo, se pronunció sobre este dictamen y dijo que esto representa una «gran noticia para la libertad de prensa y expresión».
La reforma de 55 artículos incluye “sanciones civiles y de cualquier otra índole” a personas y medios por la “responsabilidad ulterior” de sus criterios o informaciones. Además, otorga facultades de la extinta Supercom a la Defensoría del Pueblo.
Cuando fue remitida de la Asamblea a la Presidencia organizaciones de prensa pedían un veto total de las reformas.
Gremios como la Unión Nacional de Periodistas (UNP) consideraron que la reforma “recoge las mismas prácticas atentatorias a la libertad de expresión y de prensa de su nefasta antecesora, la Ley Orgánica de Comunicación”.
El cuerpo legal, que ha sido objeto de al menos tres reformas hasta ahora, fue aprobada en 2013 durante el régimen de Rafael Correa.