Mediante Amicus Curiae, el Secretario Anticorrupción, Iván Granda, solicitó a la Corte Constitucional analizar la «inconstitucionalidad parcial» del último inciso del artículo 581 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para que «no sea necesario el informe de responsabilidad penal de la Contraloría para que la Fiscalía inicie instrucción fiscal».
En este documento también plantean que se declare parcialmente inconstitucional el Art.77-Ley de Contraloría, sobre la caducidad de 7 años para ejecutar acciones de control. “Tiempo que no debe culminar cuando se trate de indicios de responsabilidad penal, no así para responsabilidades civiles y administrativas”, afirmó.
Además, pide que se igual para el Art.26, sobre caducidad de 180 días que requiere la Contraloría para terminar la orden de trabajo (penal).
“Estamos trabajando en la revisión de normas para evitar que vacíos legales pongan en riesgo el combate a la corrupción”, dijo Granda a través de su cuenta de Twitter este 3 de junio. (Ecuador Inmediato)