ECUADOR | Ministerio de Trabajo expidió reglamentación para contratos colectivos

El Ministerio de Trabajo (MT) anunció este martes 11 de junio de 2024 la expedición de un Reglamento para regular contratos colectivos y actas transaccionales emitidas en el sector público y privado del Ecuador.

En el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-080, firmado por la ministra Ivonne Núñez, se establece las partes que intervendrán para la presentación, negociación y suscripción de contratos de trabajo colectivos.

Con la normativa, la cartera de estado tendrá la potestad para revisar los convenios en instituciones, entidades, organismos del sector público, gobiernos autónomos descentralizados, empresas públicas y demás entes correspondientes. También se determinará si en su suscripción contaron con dictamen presupuestario obligatorio y vinculante del Ministerio de Finanzas.

Además se verificará que gerentes, administradores y representantes legales de empresas públicas o sociedades mercantiles con participación estatal no se beneficien bajo ningún concepto de contrataciones colectivas.

«Desde esta cartera de Estado, se realizará el control posterior de los contratos colectivos suscritos en las Empresas Públicas o en las entidades de derecho privado en las que haya participación mayoritaria de recursos públicos, a fin de verificar que estén excluidos de la contratación colectiva, los servidores públicos de libre designación y remoción», anunció el MT.

La resolución llega a pocas semanas de que Roberto Luque, ministro (e) de Energía y Minas denunciara que los contratos colectivos en empresas públicas como la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) y la Corporación Eléctrica de Ecuador (CELEC) han resultado perjudiciales para las finanzas del Estado ecuatoriano. En esas dos empresas existirían empleados beneficiarios de estos contratos que ganan 100% o 200% más de su remuneración, según dijo el funcionario.

El Ministerio de Trabajo anunció que el incumplimiento del Acuerdo será notificado a la respectiva autoridad nominadora y a la Contraloría General del Estado.

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