La resolución fue tomada con el objetivo de reforzar la seguridad en la urbe, puesto que numerosos asaltos han sido perpetrados por sujetos que se trasladan de esta forma. Sin embargo, hay excepciones. La restricción no aplica si el pasajero es cónyuge, conviviente, hijo o hermano del conductor.
De igual forma, personas con discapacidad, adultos mayores, menores de 12 años, servidores públicos y mujeres (que circulen en una sola moto sin ser más de dos) tampoco se deben ceñir a la medida.
“La prohibición de que vayan dos ocupantes en moto es una norma de ámbito nacional, lo que hemos hecho es agregar temas que permitan el control por parte del Municipio”, declaró María Fernanda Racines, vicealcaldesa de Quito.
Si bien una ordenanza que prohibía la circulación de dos hombres a bordo de una motocicleta en Quito ya había sido aprobada por el Concejo durante la pasada administración, se espera que con esta medida recién oficializada las autoridades retomen los operativos de control.
Quienes no acaten dicha norma enfrentarán una infracción que, con base al Código Orgánico Integral Penal, será del 15% de un salario básico unificado (SBU), lo cual equivale a $ 69.