La mujer debió ser trasladada de emergencia a una casa de salud para que le salvaran la vida. El miércoles 6 de febrero del 2019 la Fiscalía acusó a la expareja de la joven, un hombre de 27 años, por tentativa de femicidio, durante una audiencia de llamamiento a juicio.
El ataque se registró en octubre del 2018, en Quito. El hombre, quien entonces laboraba en un canal de televisión y ha sido identificado como D. J. O., agredió a su pareja con un cuchillo y le causó heridas en el cuello.
En la audiencia del miércoles 6 de febrero, la fiscal de la Unidad Especializada en Violencia de Género, Sandra Velasco, dijo que luego de la tentativa de femicidio, la mujer fue auxiliada y trasladada a una casa de salud, en donde fue intervenida de emergencia.
Velasco presentó en la diligencia pruebas del ataque: el examen médico legal, el informe pericial de reconocimiento del lugar de los hechos, la extracción de información videos, el informe ocular técnico, versiones de los agentes investigadores, el testimonio de la víctima, entre otros elementos.
La Jueza de Garantías Penales dictó auto de llamamiento a juicio para D.J. O., contra quien se ratificó la prisión preventiva. El hombre se encuentra detenido y para la Fiscalía es responsable del delito de intento de femicidio contra su pareja sentimental.
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica el femicidio en Ecuador. «La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años».
El COIP precisa que es agravante del femicidio, en cuyo caso se debe aplicar la máxima pena, el hecho de que «exista o haya existido entre el sujeto activo y la víctima relaciones familiares, conyugales, convivencia, intimidad, noviazgo, amistad, compañerismo, laborales, escolares o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad».
Asimismo, el COIP puntualiza que «tentativa es la ejecución que no logra consumarse». Y establece que «la pena aplicable será de uno a dos tercios de la que le correspondería si el delito se habría consumado». Los dos tercios de 26 años (cuando ocurre un femicidio en manos de la pareja) son 17 años de cárcel, es decir, la máxima pena en caso de tentativa de femicidio.
En el 2018, en Ecuador se registraron 52 femicidios, según la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida (Dinased). Aunque organizaciones de derechos humanos documentaron 88 femicidios en ese año. Hasta este 7 de febrero del 2019, cuatro mujeres han muerto víctimas de la violencia de género. (El Comercio)