Por el presunto delito de secuestro extorsivo, dos policías en servicio activo –hermanos entre sí– guardan prisión preventiva. Al ser un proceso penal abierto por un delito flagrante, la instrucción fiscal se cumplirá en treinta días.
La noche de 17 junio de 2019, una mujer denunció a las autoridades que dos policías le solicitaron 5.000 dólares en efectivo para no ejecutar la boleta de detención en contra de su cuñado, Alexis Giovanny P. T.
La ciudadana informó que los dos agentes policiales la citaron en El Panecillo, en el centro de Quito, para intercambiar el dinero por la libertad de su familiar. Cuando las autoridades llegaron al lugar acordado, se encontraron con Edwin Bolívar y Jhonatan Marcelo G. R. (sargento segundo y cabo primero en servicio activo), y con el ciudadano Alexis Giovanny P. T., esposado al interior del vehículo.
Este último dijo que horas antes jugaba en una cancha deportiva, cuando los dos policías entraron a ella, por lo que todos se retiraron. Pero a media cuadra del lugar, lo detuvieron, esposaron y subieron a un taxi para trasladarlo al sector de El Panecillo. Allí le indicaron una boleta de detención y orden de allanamiento a su domicilio –por una supuesta investigación penal en su contra– y le exigieron dinero para no ejecutarla.
Las autoridades verificaron la información en el sistema policial y el ciudadano no tenía orden de captura en su contra. Además, la jueza que supuestamente firmó los documentos, en su versión, aseguró que no es su rúbrica.
En el procedimiento de aprehensión a los dos policías, se incautaron teléfonos celulares y otros documentos con distintivos policiales y de Fiscalía, que después fueron expuestos por el fiscal de turno, Mario Muñoz, en la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, instalada la noche del 18 de junio ante la jueza de garantías penales con competencia en delitos flagrantes, Luz Marina Serrano.
Por estos hechos, la Fiscalía inició investigaciones por presumirse otros delitos, como falsificación y uso de documento falso.
Dato jurídico
Cuando la persona que priva de la libertad o retiene a otra en contra de su voluntad tiene como propósito cometer otra infracción u obtener de la víctima o de terceras personas dinero (…) a cambio de su libertad, recibe una pena privativa de libertad de diez a trece años, según el artículo 162 del Código Orgánico Integral Penal.