Casi diez meses después de que a la exasambleísta por Manabí Karina Arteaga se le ordenó arresto domiciliario con vigilancia constante de la Policía y uso de grillete electrónico, dentro del proceso que investiga el delito de concusión, en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), el juez Walter Macías resolvió el pedido de revisión de esas medidas cautelares y las cambió por la prohibición de salida del país y la presentación periódica tres veces por semana.
La decisión se dio a conocer la tarde de este lunes en la reinstalación de una audiencia que arrancó a las 08:00 y se suspendió poco más de una hora y media después de que el juez Macías escuchó los argumentos de las partes para justificar la revisión y también para solicitar que se la rechace.
El juez Macías desechó los alegatos que tenían que ver con el principio de igualdad, el derecho al trabajo y otros expuestos por la defensa de Arteaga, pero si tomó en cuenta el que estaba relacionado con problemas de salud de la exlegisladora expuestos en varios informes médicos. Segú el juez, la medida privativa de al libertad sitúa al Estado en posición de garante, obligándolo a proveer la atención médica, pero recordó que en la medida de arresto domiciliario, al tratarse de una limitación de la libertad personal, no existirían mecanismos para proveer de dicha atención.
“Considero que la solicitud de modificar la medida cautelar de arresto domiciliario con vigilancia policial permanente y uso de dispositivo electrónico a fin de que la procesada pueda proveerse de su propia atención médica, en tal sentido es decisión de este juzgador, que con la finalidad de garantizar la inmediación de la persona procesada se le imponga por el contrario la prohibición de salida del país y la presentación periódica tres ce s por semana los lunes, miércoles y viernes en la Unidad de Flagrancia en el Sai de la ciudad de Chone”, ordenó Macías.
La diligencia se dio a casi un mes de que el juez Macías, durante la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, resolvió que existe una violación del procedimiento y declaró la nulidad procesal desde el primer día de la vinculación a la instrucción fiscal por el delito de concusión en el que son procesadas Arteaga, su esposo John Arturo Álava, y Jenny Muñoz, exfuncionaria de la Asamblea.
La defensa de Arteaga, Vinicio Rosillo, fundamentó su pedido de revisión en el principio de igualdad procesal y en varios informes médicos particulares realizados a Arteaga que señalarían que el encierro domiciliario estaría causando problemas psicológicos de ansiedad y trastorno del sueño. También explicó que la medida cautelar estaría dificultando su derecho a trabajar.
El fiscal general subrogante, Wilson Toainga, se opuso al pedido y solicitó que se lo deseche, explicando que no se han relatado ni hechos ni evidencias nuevas como lo exige la revisión de medidas cautelares. Además, impugnó los exámenes presentados, pues, dijo, no son informes médicos avalados por un médico de una institución publica.
Respecto al pedido de que se analice la revisión de medidas con base en el principio de igualdad, es decir, que Arteaga tenga las mismas medidas cautelares que Álava y Muñoz, Toainga dijo que eso no aplica debido a que Arteaga es vista como autora del delito de concusión y sobre ella existirían versiones de que a su nombre personas están amenazando a las víctimas para que no continúen con la denuncia respecto a Álava y Muñoz, que son procesados en calidad de cómplices.
Tanto la Procuraduría como acusadora particular, como las defensas de las tres víctimas se sumaron a que se ratifiquen las medidas cautelares de arresto domiciliario y uso de grillete electrónico. Incluso Miguel Revelo, defensa de Verónica Pinargote, una de las tres Víctimas, pidió que ante un riesgo de fuga se cambien las medidas cautelares por la de prisión preventiva.
A las nuevas medidas cautelares dispuestas por el juez Macías, se incorporó el que la exlegisladora Arteaga debe entregar al juzgador, en el pazo máximo de 48 horas, el pasaporte ecuatoriano. Si Arteaga o su defensa no cumplen con esta disposición, el juez adelantó que no tendrán efecto el resto de modificaciones ordenadas.
La teoría de Fiscalía señala que en este caso Arteaga en calidad de legisladora habría exigido aportaciones indebidas a sus colaboradores en la Asamblea a través de terceros. La Fiscalía mantendría elementos de convicción que revelarían que Arteaga, en 2018, dijo a su personal que podían conseguir un empleo, pero con un aporte de su remuneración mensual.
De ello existirían depósitos hechos en la cuenta del esposo de la entonces asambleísta por aproximadamente $ 31.000.
El fiscal subrogante, Wilson Toainga, en la audiencia en la que se vinculó a Álava, en enero pasado, explicó que existen elementos que indicarían que él y Muñoz habrían recibido transferencias realizadas por el personal del despacho de Arteaga, quien a la época era asambleísta por la provincia de Manabí.
Una vez que escuchó a las partes procesales y debido a otras audiencias agendadas, el juez Macías suspendió la diligencia y convocó a las partes a las 16:00 de este lunes para dar a conocer la resolución a la que llegó. (El Universo)