Aún no se designa al vocal de los asegurados para que integre el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) como determina el Decreto Ejecutivo 571 y ya existe una ley que se sobrepone para reglamentar la conformación del Consejo. Sindicalistas estiman que la ley no puede desconocer la seguridad jurídica de lo ya actuado.
El proceso de renovación de vocales responde al Decreto Ejecutivo 571, cuyo objetivo es cambiar a los representantes prorrogados por más de cuatro años, que es el período que determina la Ley de Seguridad Social.
En medio de la renovación de vocales del Consejo Directivo, la Asamblea Nacional dio la sorpresa el domingo al ratificar con 101 votos las reformas a la Ley de Seguridad Social sobre la integración del Consejo Directivo. El asambleísta Luis Almeida, quien mocionó la ratificación, dijo que ayer se envió al Registro Oficial (RO) para su publicación, con lo que entrará en vigencia.
La ley reformatoria establece cuatro plazos al Consejo Nacional Electoral (CNE) en sus disposiciones transitorias. En un plazo no mayor a 30 días desde la publicación en el RO, ordena reglamentar la calificación de los candidatos a vocales. Otorga 45 días para que reglamente la implementación del voto de empleadores, asegurados y pensionistas. Da 60 días para reglamentar el proceso eleccionario. En máximo 60 días, a partir de la publicación del reglamento para elecciones de vocales, el CNE debe hacer la convocatoria.
Con las reformas se cumple con los principios de igualdad y participación de todos los asegurados, que no sean solo las Cámaras ni los sindicatos los que pongan representantes como determinó la sentencia de la Corte Constitucional en su sentencia del 22 de marzo del 2016, según Almeida. Según la ley, en la elección se garantizará la participación de todos los asegurados conforme con listados que emita el IESS al CNE, incluidos quienes no formen parte de un gremio u organización que goce de personería jurídica.
Para Fernando Ibarra, presidente del Parlamento Laboral Ecuatoriano (PLE), ahora concurre un proceso de transición dictado por Decreto, de vocales prorrogados por años a nuevos, y debe continuar hasta que el CNE cumpla los procedimientos que “no serán sencillos”. Por principio jurídico la ley se aplica hacia el futuro, no afecta al proceso del Decreto que Lasso reglamentó ante ausencia de la norma, sostuvo Richard Gómez, candidato de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT). Almeida estimó que la integración en curso es ilegal porque no es ejecutada por Raúl González, a quien la Asamblea posesionó.
Marco Proaño Maya, jurista y experto en Seguridad Social, evaluó que el IESS está en una encrucijada pero que la ley es superior a un Decreto y debe cumplirse. La expectativa está en la actuación del CNE, mientras tanto hay “una transición válida porque está de por medio el destino de la seguridad social”, concluyó.
Antecedentes
Guadalupe Cabezas, superintendente de Bancos subrogante, posesionó el sábado a María de Los Ángeles Rodríguez como vocal principal de los empleadores en el Consejo Directivo del IESS, luego de calificar su idoneidad.
El 24 de octubre, la Federación Nacional de Cámaras de Comercio presentó a Rodríguez. Por su parte, la Confederación de Jubilados presentó a Carlos Sánchez como su postulante para vocal de los asegurados.
El 25 lo hicieron las organizaciones que conforman el Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y el Parlamento Laboral con su binomio Ramiro García y Ramiro Beltrán. Richard Gómez es el candidato de la CUT. Pero hasta ayer no se calificaba al vocal de los afiliados.
Ibarra cuestionó que la Superintendencia solicitó el viernes el envío del documento de la convocatoria para los postulantes hecha a través de medios de comunicación nacionales. Explicó que es un requisito que no consta en la ley ni en el Decreto 571 porque este señala que las organizaciones definan la candidatura de manera interna. Ayer decidieron remitir una carta con la aclaración. Ibarra espera que el binomio sea calificado y posesionado a más tardar hoy o mañana.
Aseguró que cuentan con 10 votos de respaldo de 16 organizaciones habilitadas como electoras. Esa legalidad es otro parámetro que la Superintendencia debe revisar para llegar a una definición, ahora ya no cabe consensos entre las organizaciones porque el término para eso finalizó el 25 de octubre, acotó.
Por su lado, Gómez señaló que cuenta con el apoyo de ocho organizaciones gremiales y como el Decreto encarga su ejecución al presidente del Consejo del IESS, Alfredo Ortega, interpreta que será él quien defina al candidato que cuente con la mayoría de votos, luego de la calificación pendiente hasta el momento.
Candidatos
Carlos Sánchez es el candidato ratificado por la Confederación Nacional de Jubilados y Pensionistas de Montepío del Ecuador, mientras no exista una reunión con otras organizaciones nominadoras. Pero para el Parlamento Laboral ya no es tiempo para aquello.
16 meses?es el período que durará la Presidencia del Consejo Directo, que será rotativo entre los tres vocales (del Ejecutivo, trabajadores y empleadores, en ese orden luego de la posesión del Consejo Directivo en el primer proceso eleccionario con la ley reformatoria).