De enero a julio de este año, 2 764 personas solicitaron al Ministerio de Trabajo el cálculo referencial del pago de la jubilación patronal, que es una pensión vitalicia a la que tienen derecho quienes permanecen por 25 años o más en un mismo sitio de trabajo.
La jubilación patronal es independiente de la pensión que recibe el trabajador por parte del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, una vez que ha culminado su vida laboral.
El cálculo que hace el Ministerio no es de obligatorio cumplimiento para el patrono, ya que solo es referencial. El empleador y el trabajador pueden llegar a un convenio sin la intervención del Estado, pero debe ser notarizado.
Los trabajadores que cumplieron de 20 a 25 años y hayan sido despedidos intempestivamente tienen derecho a percibir un valor proporcional de la jubilación patronal, según el Código Laboral. Los casos que no se resuelven satisfactoriamente entre las partes llegan a tratarse en la justicia. Si el beneficiario fallece, el empleador pagará a sus herederos el mismo monto durante un año.
Según Andrés Madero, titular del Ministerio de Trabajo, menos del 5% de los empleados llega a acceder al derecho de la jubilación patronal. Este mecanismo apareció hace 81 años. Fue una norma transitoria para atender a las personas que se retiraban antes de que existiera el Seguro Social Obligatorio.
Debía desaparecer conforme avanzaren los años y los empleados accedieran a la jubilación del IESS; sin embargo eso no sucedió, explica Gabriel Recalde, director del Centro de Estudios de la Política Laboral (Cespla).
Fuente: El Comercio