“Los asambleístas no serán civil ni penalmente responsables por las opiniones que emitan, ni por las decisiones o actos que realicen en el ejercicio de sus funciones, dentro y fuera de la Asamblea Nacional”.
La Constitución de 2008, en el artículo 128, otorgó una protección a quienes asumieron el cargo de elección popular, que también obliga a que, en el escenario de una causa penal, el Pleno del Legislativo dé una autorización previa, excepto en los casos que no se encuentren relacionados con el ejercicio de sus funciones.
Esta denominada inmunidad parlamentaria está vigente mientras la persona tiene la calidad de asambleísta, independientemente de si, por alguna razón, el legislador titular es reemplazado por su alterno, inclusive si la ausencia es indefinida.
Este es el caso de los asambleístas correístas que salieron del país a México como asilados políticos. Gabriela Rivadeneira, Soledad Buendía y Carlos Viteri todavía gozan del beneficio de la inmunidad, porque no han perdido su calidad de legisladores y no existe ninguna causal en la Ley Orgánica de la Función Legislativa para que dejen de serlo.
Discurso de supuesta persecusión
El asambleísta Fabricio Villamar, quien ingresó una solicitud al Consejo de Administración Legislativa (CAL) para que proponga al Pleno que mediante resolución se declare el abandono del cargo de los asambleístas, confirma que la inmunidad está vigente.
Pero levanta un cuestionamiento: “¿Cómo hay persecución si no hay acción judicial en su contra y tienen la protección constitucional de la inmunidad parlamentaria?” Por eso, dijo, el hecho de que acudieran a la embajada mexicana, en octubre, habría sido para salvaguardarse de delitos comunes, que no están cubiertos por esa inmunidad.
En esto discrepa el correísta Juan Cristóbal Lloret, pues insiste en que en el país “no existe un Estado de derecho y hay persecución política” a los seguidores de Rafael Correa, por lo cual las declaraciones de Villamar serían ingenuas. “No se respeta en Ecuador ese blindaje que tiene un asambleísta”, insistió.
Como ejemplo, Lloret citó el caso de sus compañeras Marcela Aguiñaga, Marcela Holguín y Rivadeneira, a las que se les investiga, presuntamente por dar una rueda de prensa, en el marco del paro nacional.
Respeto al ‘blindaje’
En el gobierno de Correa, el exasambleísta y actual prefecto de Zamora Chinchipe, Cléver Jiménez, fue enjuiciado y sentenciado a 18 meses de prisión por supuestas injurias sin que existiera un levantamiento de la inmunidad parlamentaria.
El exmandatario, actualmente prófugo en Bélgica, presentó una denuncia en contra de Jiménez después de que le denunció por lesa humanidad, por los hechos del 30-S, y el proceso fue declarado como malicioso y temerario, por la jueza Lucy Blacio.
En ese entonces, la organización Human Rights Watch recordó que para un enjuiciamiento de ese tipo se requería el levantamiento de esa inmunidad, pues se habría tratado de un ejercicio de sus funciones.
Por eso, el constitucionalista Jorge Benavides señaló que, en el caso de Rivadeneira, Buendía y Viteri, de darse que la Fiscalía abriera un proceso judicial penal en su contra, debería existir la autorización de la Asamblea, con la excepción establecida en la Carta Magna. De lo contrario, se producirían violaciones al debido proceso. Aunque, a su criterio, “por decencia, (los asambleístas) deberían renunciar”. (La Hora)