María Janeth C. fue asesinada por su propio esposo en presencia de sus tres hijos, la madrugada del 29 de abril de 2023, en Salcedo, Cotopaxi.
Según los relatos de Fiscalía, cuando María dormía con sus tres hijos —de 16, 11 y 4 años de edad—, en una vivienda ubicada en el barrio Jesús del Gran Poder, llegó su esposo ocultando su rostro con un pasamontañas y le propinó 46 heridas corto punzantes que le provocaron la muerte.
Tras observar que un hombre atacaba a su madre, la hija adolescente intentó socorrerla y logró quitarle el pasamontañas. Ahí se dio cuenta de que el agresor era su padre, Víctor Alfonso J. Mientas tanto los niños —asustados por el evento— le gritaban:
—“¡¿Papi por qué haces eso?!, ¡no le hagas así a mi mamita!”.
Sin embargo, el agresor no paró. Terminó con la vida de su esposa e hirió a su hija adolescente.
Los tres hermanos lograron sacar a su papá de la casa, atrancaron la puerta y llamaron a sus abuelos. La hija mayor grabó un video como constancia de que su padre mató a su mamá.
Tras apuñalar a su esposa y dejar huérfanos a sus tres hijos, Víctor huyó del lugar.
Investigación
Al conocer el hecho, la Fiscalía General del Ecuador solicitó una orden de detención con fines investigativos. De esta manera, la Policía capturó a Víctor Alfonso J., el 30 de abril de 2023 y se efectuó la audiencia de formulación de cargos.
Un Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Salcedo dictó prisión preventiva contra Alfonso J., por el femicidio de su esposa María Janeth C.
En la audiencia, la Fiscalía presentó el informé de la autopsia médico-legal, el reconocimiento del lugar de los hechos, la versión de la hija adolescente de la víctima y el informe investigativo.
En su versión, Víctor aceptó haber causado la muerte de su esposa.
Con base a estos elementos de convicción se inició el proceso penal, además la fiscal fundamentó en legal y debida forma la solicitud de prisión preventiva, pedido que fue acogido por el Juez.
La instrucción fiscal tendrá una duración de 90 días.
Información jurídica
El femicidio está tipificado y sancionado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este caso, se acusa al agresor, tomando en cuenta las circunstancias agravantes contempladas en el artículo 142, inciso primero, numerales 2 y 3 del mismo cuerpo legal.