La Contraloría General del Estado (CGE) concluyó en los últimos meses del 2021 los exámenes especiales a varias instituciones para verificar los controles que estas efectuaron a las jornadas de teletrabajo durante el primer año de la pandemia.
Meses atrás, el organismo de control examinó al Ministerio del Trabajo, al Ministerio de Educación y Cultura, a la regional de Pichincha de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Senescyt), al Consejo de Educación Superior (CES) y a la Casa de la Cultura Ecuatoriana; la investigación cubrió el periodo comprendido entre el 17 de marzo del 2020 y el 31 de mayo del 2021.
La Contraloría entregó ya los resultados de los reportes sobre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y el de Economía y Finanzas, así como sobre el Servicio de Rentas Internas (SRI), la Superintendencia de Bancos y el Municipio de Rumiñahui. Las auditorías corresponden al mismo periodo.
Y al igual que con las anteriores instituciones, la conclusión común es que no hubo lineamientos claros para realizar la verificación del teletrabajo ni un seguimiento estricto de aquello.
El 12 de marzo del 2020, el Ministerio del Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2020-076 sobre las “Directrices para la aplicación del teletrabajo emergente durante la declaratoria de emergencia sanitaria”. En este señala que “corresponde al empleador, o sus delegados, establecer las directrices, controlar y monitorear las actividades que el teletrabajador emergente realice durante la emergencia sanitaria”.
Según la Contraloría, la Cancillería no envió al Ministerio del Trabajo la nómina del personal que se acogió a la modalidad de teletrabajo, por lo cual no puedo realizar el respectivo control.
En Finanzas, asimismo, no se establecieron plazos para la entrega de los reportes de actividades de los servidores, no se actualizaron los registros de asistencia en el sistema informático ni se dio seguimiento oportuno al proceso de consolidación y a las novedades presentadas en los informes técnicos por parte de los respectivos servidores responsables.
Tampoco se llevó un archivo completo con los correos y documentación enviados por las jefaturas, ni se definió una planificación de actividades alternativas para 38 trabajadores bajo régimen de Código de Trabajo que no podían realizar sus actividades en teletrabajo.
En el SRI se presentaron los reportes de las actividades de los servidores de forma extemporánea y con muchas inconsistencias, como repetición de cédulas, falta de registros de vacaciones y licencias y de días laborados.
En tanto que en la Superitendencia de Bancos tampoco se entregaron bien y a tiempo los reportes, lo cual impidió a la Contraloría realizar el control posterior.
El Municipio de Rumiñahui, en Pichincha, no implementó un sistema informático para el control de la asistencia de los teletrabajadores, y los informes con las matrices sobre sus tareas no se entregaron a tiempo o presentaban inconsistencias.
La Contraloría aún tiene pendiente la entrega del informe correspondiente a la auditoría a la Corte Constitucional. (El Universo)