Una joven es grabada durante un show de estríperes y el momento subió de tono. Sucedió en Milagro. Actos sexuales son filmados desde varios ángulos y esos vídeos se viralizan.
¿Sabía usted que si ella no le dio el consentimiento o autorización legal para que la filme y luego difunda ese contenido audiovisual está incurriendo en un delito?
El artículo 178 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) dice: la persona que sin contar con el consentimiento o autorización legal, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos personales, mensajes de datos, voz, audio, vídeos, objetos postales, información contenida en soportes informáticos, comunicaciones privadas o reservadas de otra persona por cualquier medio, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
El abogado penalista consultado por EXTRA, Steven Reyes, considera que el delito está presente, ya que se realizó la grabación, sin la autorización expresa de la joven, y en un sitio privado de atención pública.
“En ese tipo de lugares, en Guayaquil, hay restricciones y no se permite grabar. Al ser un lugar privado ellos tienen restricciones, tienen sus propias reglas y se reservan incluso el derecho de admisión”, explica Reyes.
En eso coincide Stalin Cedeño, vicepresidente de la Asociación de Establecimientos Nocturnos de Guayaquil. “En la entrada a estos locales ya se les dice que no pueden grabar y también podemos reservarnos el derecho de admisión”, aclara.
Para la abogada Silvia Buendía, estos casos, como en todos los casos de violencia de género, la culpa recae en la víctima. “Es muy usual que la gente diga que la mujer no debió permitirse grabar o fotografiar en esa situación. Por eso es tan común que este delito ni se denuncie ni se sancione”.
Para la especialista, la víctima, en este caso la joven a quien grabaron, debe denunciar, y el Estado hacer su parte. “Que exista una campaña comunicacional de parte del Estado que informe que esto es delito”, agregó Buendía. (EXTRA)