Judicatura suspendió a fiscales en el marco de sus competencias y facultades legales

En relación a la sanción impuesta a cuatro agentes fiscales, el Presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Marcelo Merlo, recordó que todas las acciones de este organismo se enmarcan en la Constitución y en el Código Orgánico de la Función Judicial que establecen que el Pleno de la institución tiene competencias para investigar y de ser el caso, sancionar las inconductas de todos los servidores judiciales ejerciendo sus facultades de control, vigilancia, administración y gobierno del sistema judicial.

En este contexto, la suspensión de 30 días sin remuneración, impuesta a la agente fiscal Mayra Soria, se fundamenta en un informe técnico que determinó que la indicada funcionaria excedió los términos previstos en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) para el impulso de la investigación previa de un caso relacionado con abuso sexual en el sistema educativo.

La denuncia de ese hecho fue presentada en 2013 y recién, en diciembre de 2017, es decir, tres años cinco meses después, se ordenaron las primeras diligencias y pericias del caso, lo que se configura como una vulneración al derecho a la tutela efectiva y al principio de celeridad, establecidos en el artículo 75 de la Constitución.

El 21 de noviembre de 2017, el Ministerio de Educación presentó una queja ante el Consejo de la Judicatura y pidió sanciones por la demora en el trámite del caso.

Posteriormente, en noviembre de 2018, la Dirección General del CJ acogió el informe emitido, en mayo del mismo año, por el abogado Pablo Martínez Erazo, exdirector provincial de Pichincha en el ámbito disciplinario, y recomendó la suspensión por 30 días.

El citado informe responsabilizó a la doctora Soria por no haber impulsado oportunamente las acciones para esclarecer el caso.

El 23 de enero de 2019, el Pleno del CJ conoció el informe técnico de la Dirección General y lo ratificó con dos votos afirmativos de los vocales Aquiles Rigail y Zobeida Aragundi, quienes se pronunciaron por una suspensión de 30 días; y, un voto razonado de la vocal Angélica Porras, quien propuso una suspensión por el plazo de 15 días.

Esta resolución se la adoptó teniendo en cuenta que si no se tomaba cartas en el asunto, la acción administrativa disciplinaria prescribiría.

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