La Función Judicial laborará este 25 de mayo, durante el feriado

La Función Judicial expidió las directrices aplicables a los servidores que optan por laborar durante el feriado del lunes 25 de mayo de 2020.

La Dirección General del Consejo de la Judicatura, considera que: “(…) la suspensión de actividades, generada a causa de la pandemia que atraviesa el país, provocó represamiento en la atención de varios miles de causas, por lo que es necesario que se recuperen las horas no trabajadas e incrementar paulatinamente las jornadas, a fin de garantizar el despacho de los procesos acumulados y los trámites administrativos de la Función Judicial”.

De conformidad con el numeral 1 del artículo 280 del Código Orgánico de la Función Judicial, las Direcciones Nacionales y Provinciales del CJ, en el ámbito de sus competencias y sin vulnerar los derechos de ninguno de los servidores judiciales, recuperarán bajo las modalidades: presencial, semipresencial y teletrabajo las horas de trabajo que estuvieron suspendidas como consecuencia de la pandemia del coronavirus COVID-19.

De igual forma, la disposición de la Dirección General establece que se ha dejado la posibilidad de que algún servidor o trabajador exprese su decisión de no acogerse a esta directriz. En este caso y para los fines pertinentes, el funcionario deberá comunicar el particular a su jefe inmediato superior, antes que el término del día señalado empiece a decurrir.

Finalmente, los órganos auxiliares de la Función Judicial podrán acogerse a esta directriz y coordinar con el personal a su cargo la recuperación de la jornada laboral este 25 de mayo.

 

 

 

 

 

 

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