El Juez Carlos J. de la Unidad Judicial Especializada Contra la Violencia a la Mujer de Cuenca negó la Acción de Protección solicitada por Iván Saquicela contra el Consejo de la Judicatura (CJ), que lo suspendió de forma preventiva, por 90 días, por presunta manifiesta negligencia, infracción gravísima tipificada en el artículo 109 numeral 7 del Código Orgánico de la Función Judicial.
En audiencia realizada este lunes 30 de mayo de 2022, el Juez Carlos J. anunció su decisión y determinó que no hubo violación de los derechos constitucionales de Saquicela y que tampoco se puede alegar un supuesto estado de indefensión en el proceso por el cual el CJ suspendió al mencionado servidor.
Con la negativa a la acción de protección, la medida preventiva de suspensión aplicada el 20 de mayo de 2022 está vigente. La suspensión está enmarcada en el numeral 5 del art. 269 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) y se dictó luego de que el CJ recibiera una denuncia por presunta infracción gravísima de manifiesta negligencia. En dicha denuncia se solicitó la suspensión preventiva del referido servidor judicial, así como la declaración jurisdiccional previa, cuyo trámite corresponde a la Corte Nacional de Justicia (CNJ).
Al respecto, el Director General del CJ, Santiago Peñaherrera Navas, afirmó que la institución respetará la decisión que el Pleno de la CNJ adopte, en cumplimiento del artículo 168 numeral 1 de la Constitución, que señala que los órganos jurisdiccionales cuentan con independencia interna y externa. “El Consejo de la Judicatura no es un ente político, es un organismo técnico y sus decisiones siempre se encuentran debidamente motivadas.”