Las parejas LGBTI esperan el pronunciamiento de la Corte Constitucional para saber si la opinión consultiva 24/7 de la Corte Interamericana es aplicable en el país. La resolución que tome la Corte Constitucional (CC) en Quito sobre el matrimonio igualitario se debe a una petición de un juez de Pichincha; pero en Cuenca el debate se sigue muy de cerca.
Dos parejas esperan que la CC emita un criterio que les permita cumplir un sueño: casarse. Y es que aunque contraer matrimonio parece un trámite normal, típico y hasta sencillo para muchas parejas en Ecuador, para la comunidad LGBTI es un derecho negado históricamente.
Sin embargo, pueden acceder a este si la Corte, además de dar su criterio afirmativo, aplica la norma “Erga omni”, que en su acepción latina conlleva una frase que ha sido una bandera de lucha “para todos”. José Luis y Jacinto, una pareja de cuencanos que solicitó casarse en el Registro Civil, siguen de cerca el tema.
Ellos llevan su propia lucha y alistan medidas jurídicas para que se revierta la negativa que en septiembre recibieron de la Sala de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia para contraer matrimonio.
También guardan esperanzas de que la CC les permita acceder a lo que consideran es un derecho negado. “Solo queremos ser felices, solo queremos acceder a un derecho de todos los ecuatorianos, el derecho a casarnos. No le hacemos daño a nadie, no creemos justo tener que pedirle permiso a nadie para casarnos”, asegura José Luis.
En el país hay nueve casos de solicitudes de matrimonio igualitario, dos de ellos en Cuenca. Todos esperan una resolución.
Argumentos
La Corte Constitucional analiza si, para el pedido de matrimonio igualitario, se puede aplicar la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), solicitada por Costa Rica, pero válida para todos los países de la región, sobre la legalidad del trámite.
Braulio Álvarez, del colectivo “Todo por mis hijos” que se opone al matrimonio igualitario, sostiene que la opinión consultiva no es vinculante y afirma que la única vía para que dos personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio es a través de una reforma constitucional, ya sea desde la Asamblea Nacional o mediante una consulta popular.
Álvarez también pone reparos a la participación del juez Ramiro Ávila Santamaría, constitucionalista de referencia internacional y activista por los derechos humanos, pues, señala, patrocinó un caso de pedido de matrimonio igualitario años atrás, “lo que deja sombra de duda sobre su objetividad, por lo que debió excusarse”.
En contraparte, el constitucionalista Sebastián López indica que el juzgado “ni siquiera debió elevar el tema a la Corte Constitucional sino que tenía que aplicar directamente la opinión consultiva de la CorteIDH”.
López sostiene que una de las reglas máximas de la interpretación de las leyes es la de la aplicación de la norma más favorable a los derechos del ciudadano. En este caso, la resolución de la CorteIDH otorga el derecho al matrimonio igualitario, por lo que se superpone a lo que indica la Constitución.
Para López no es necesaria una reforma constitucional mediante la Asamblea Nacional o consulta popular, solo hace falta acoger la opinión consultiva y aplicarla para todos los casos similares. Sobre la actuación del juez Ávila, López defiende la trayectoria del jurista y explica que si bien será él quien redacte el borrador de sentencia, esta tendrá que ser aprobada por el pleno de la Corte Constitucional para tener validez.
Ambas partes están dispuestas a elevar el caso a instancias internacionales. Mientras el debate jurídico toma forma en las aulas de Derecho, los pasillos de las cortes y los foros de abogados, Jacinto y José Luis, así como las otras ocho parejas más que han llevado sus casos a los juzgados y la comunidad LGBTI, aguardan para saber si el país “les otorga la venia” para casarse. (El Telégrafo)