Organizaciones como el Parlamento Laboral Ecuatoriano anuncian que presentarán una demanda de inconstitucionalidad por considerar que las nuevas modalidades de contratos laborales previstos en el país representan la regresión de derechos adquiridos por la clase trabajadora nacional.
Fernando Ibarra, integrante del Buró Nacional del Parlamento Laboral Ecuatoriano, señaló en entrevista con Andes que se está legislando por fuera de la norma con los Acuerdos Ministeriales y que el Código vigente determina las jornadas de trabajo, formas de contratación y los recargos.
“El Ministro de Trabajo no tiene capacidad jurídica para legislar por encima del Código de Trabajo, por simple acuerdo ministerial no se pueden reformular y menos en detrimento de esos derechos, con lo que también se viola el principio constitucional de no regresividad”, aseveró.
Ibarra indicó que es una “reforma laboral solapada y es la precarización laboral más dura de los últimos 30-40 años” y demandarán en los próximos días su inconstitucionalidad ante el organismo competente, además de solicitar un llamado a juicio político al titular del Trabajo, Raúl Ledesma, junto a un grupo de legisladores.
“Vamos a plantear una demanda de inconstitucionalidad frente a estos atropellos a los derechos fundamentales de los trabajadores y vamos a exigir al presidente que derogue estos acuerdos” reiteró.
Cuestionó el hecho de que se pretenda contratar meseros para un evento por dos horas, y duda de la afiliación por esas dos horas a la seguridad social, por ello, sostuvo que esto incluso requerirá que exista un costo burocrático adicional de parte del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y del Ministerio de Trabajo.
“A ese ritmo van a existir medio millón de contratos de trabajos de una hora o de dos horas y dirán que habrán cumplido la oferta de campaña de medio millón o un millón de empleos”, indicó.
El dirigente de la Unión General de Trabajadores del Ecuador, José Villavicencio, indicó a esta agencia que tiene inquietudes, sobre todo en el caso del contrato para el sector turístico.
En el artículo 327 de la Carta Magna se prohíbe la intermediación laboral, pero el acuerdo ministerial habla de intermediación turística y, en su criterio, “eso en la práctica se llama precarización laboral, tercerización y están violentando la Constitución”.
Sobre la jornada parcial discontinua, el sindicalista dijo que ello no existe, sino la jornada parcial permanente, y por eso esperan presentar estas observaciones del contrato para el sector turístico al ministro Ledesma en una reunión.
“No estamos de acuerdo y nos vamos a oponer si es que se busca volver a la flexibilización y precarización laboral en nuestro país; el contrato del sector turístico debe ser cambiado porque está violentando la Constitución”, sostuvo.
Sobre el anuncio del titular del Trabajo de que no se permitirá migración de contratos, es decir que a una persona le finalicen un contrato y le hagan firmar otro, Villavicencio comentó que los nuevos contratos deben garantizar los derechos individuales y colectivos de los trabajadores y que les preocupa que se generalicen esos contratos. Además, pedirán a Ledesma que explique cómo se impedirá que migren los contratos.
Aseguró que en el actual Código existen varios tipos de contratos: eventuales, de temporada, por obra, ocasionales, y eso se debería aplicar para no publicar nuevos contratos, “porque están sacando nuevos contratos que reforman al Código de Trabajo”. Coincidió en que hay actividades cuyos ciclos productivos en los que se requiere más personal.
“Pero tiene que respetarse el derecho a la estabilidad por el tiempo que dure el contrato, a la seguridad social, pero con todos los beneficios, que pueda hacerse atender en las casas de salud, que tenga derecho a los fondos de reserva”, enfatizó.
Villavicencio sostuvo además que no con normas se genera empleo, sino que se requiere que todo tipo de contratos deben estar en el nuevo Código de Trabajo, dejando claro que los nuevos mecanismos deben constar
Modalidades de contrato para el sector florícola
En el caso de los contratos para el sector florícola para desarrollar actividades propias a las etapas estacionarias y picos productivos, las modalidades contractuales son: contrato de trabajo especial permanente a jornada completa y especial discontinuo a jornada parcial para el sector florícola. El horario deberá ser aprobado por el ministerio de Trabajo.
El pago podrá ser diario, semanal, quincenal o mensual no podrá ser inferior a la fijada por la Comisión Sectorial para cada actividad o su equivalente. La jornada de trabajo será de mínimo 20 horas y máximo de 40 horas semanales que podrán ser distribuidas hasta en 6 días a la semana, siempre que no superen las 8 horas diarias.
El empleador de este sector podrá solicitar según las necesidades del giro de negocio la correspondiente autorización de horarios especiales de trabajo. Las horas que excedan, es decir, las suplementarias y las extraordinarias se pagarán con 50% y 100% de recargo,
La naturaleza del contrato prevé un recargo del 15% adicional al valor de la hora efectivamente laborada y un recargo del 25% los sábados y domingos calculados, remuneración dividida para el valor de la hora sin recargo.
Modalidades de contrato para el sector turístico
Este tipo de contratos pretende regular las actividades del sector turístico como alojamientos, alimentos y bebidas, congresos y eventos, operación e intermediación turística, transporte turístico y otras actividades, tomando en cuenta el carácter especial de las labores que se desempeñan en este sector.
Los tipos de contratos de trabajo son: especial por evento a jornada parcial discontinua para el sector turístico, y contrato de trabajo especial permanente.
En el de jornada parcial, la carga horaria semanal será de hasta 36 horas semanales, 6 días a la semana sin superar las 8 horas diarias; se pagarán horas suplementarias y extraordinarias. Habrá un 15% adicional al valor de la hora trabajada y un recargo de 25% los sábados y domingos. El máximo de horas trabajadas al mes se estima en 144.
Los sábados y domingos que no estén incluidos en las jornadas establecidas en los horarios especiales aprobados por el Ministerio de Trabajo y los feriados se pagarán con 100% de recargo adicional al valor de cada hora.
En el caso del contrato de trabajo especial permanente será de un mínimo de 20 horas semanales y máximo de 40 semanales distribuidas hasta en 6 días a la semana, siempre que no se supere la jornada de 8 horas al día y el máximo de horas trabajadas al mes será de 160.
Las actividades adicionales luego de la jornada establecida en el horario especial aprobado por el Ministerio, se pagarán las horas suplementarias y extraordinarias con recargo de 50% y 100% respectivamente.
Los sábados y domingos contemplados en el horario especial se pagarán con 25% de recargo, mientras que en los sábados y domingos que no estén incluidos en ese horario se pagarán en 100% adicional el valor de cada hora trabajada.
Modalidades de contrato para el sector bananero
El acuerdo ministerial prevé el contrato de trabajo especial discontinuo a jornada parcial para el sector bananero que podrá aplicarse para la siembra, cosecha, corte y empaque de la fruta. Una vez que se concluyan esas tareas se suspenderá la relación laboral hasta que inicie el siguiente ciclo productivo. El empleador tendrá que llevar un registro de los trabajadores que mantengan esta modalidad contractual.
Por la naturaleza de la actividad la jornada será de hasta 36 horas semanales hasta 6 días a la semana, siempre que no supere las 8 horas diarias, el contrato no podrá durar, menos que 52 días discontinuos dentro de un mismo calendario bananero.
Los sábados y domingos comprendidos en la jornada con horario especial previamente aprobada por el ministerio de Trabajo; se pagarán con un recargo adicional de 25%, y esos mismos días -si no están incluidos en el horario especial- se pagarán con 100% de recargo.
«Estas modalidades no están dirigidas a los que ya tienen trabajo»: Ledesma
Las nuevas modalidades de contrato laboral previstas en Ecuador para varios sectores , como el florícola, bananero y el turístico son, según el Ministro de Trabajo Raúl Ledesma, para los nuevos procesos de ingreso y no se permitirá la migración de los mismos.
“Estas modalidades no están dirigidas a los que ya tienen trabajo, y van dirigidas a los ecuatorianos que no tienen trabajo, o que están subempleados, que tienen un trabajo irregular”, manifestó el secretario de Estado en Telediario.
El ministro de Trabajo dijo que de marzo de 2017 a marzo de 2018 se han creado 243.000 nuevos empleos según Ledesma, que el empleo pleno ha mejorado y el desempleo ha aumentado en 6.000 personas, “una cifra que no es menor y nos preocupa y nos obliga a hacer más esfuerzos para mejorar la empleabilidad en el Ecuador.
Ledesma dijo que son muy optimistas con las nuevas modalidades de contrato y que se busca fortalecer los sectores exportadores como pesquero, bananero, acuícola, florícola, ganadero.
“Estamos seguros que va a mejorar la empleabilidad y va dirigido a personas que no tienen trabajo, de ninguna manera es intermediación, ni flexibilización, ni tercerización, de ninguna manera” destacó.
Indicó que no se va a permitir retroceso en los derechos laborales puntualizó ni se permitirá la migración de contratación, y que se están implementando mejoras salariales en estas modalidades. Añadió que si no resultan serán revisadas.
Ledesma dijo que en el campo existen jornaleros que con los actuales contratos se permite hasta 180 días de trabajo eventual, y que hay actividades que en el campo se realizan las 52 semanas al año, pero hasta 3 días por semana y no necesariamente toda la semana.
El ministro dijo que no es real ni la precarización ni la tercerización laboral que denuncian grupos de trabajadores, “la relación que existe entre estas modalidades es bilateral y directa, de ninguna manera es tercerizada, para que haya tercerización tiene que haber un tercero, aquí no ocurre esto” aseveró.
Confirmó que estarán atentos para que no existan excesos e impedir cualquier forma de precarización laboral. (Andes)