Cuatro funcionarios públicos, entre ellos un juez, deberán cumplir la sentencia que recibieron como autores directos de asociación ilícita y concusión.
Jueces de la Sala Especializada Penal de la Corte Provincial de Manabí negaron el pedido de suspensión condicional de la pena que hicieron los acusados, quienes fueron condenados a seis años de prisión. Igual ocurrió con un abogado en libre ejercicio, quien fue sentenciado a tres años como autor directo de asociación ilícita, informó la Fiscalía General del Estado.
“Por unanimidad, los jueces tomaron esta decisión, ya que no se cumplieron con todas las condiciones dispuestas en el artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP)”, acogiendo de esa manera el pedido del fiscal provincial de Pichincha, Alberto Santillán Molina. El funcionario se refirió a la modalidad y gravedad de la conducta. Expresó que en la audiencia de juzgamiento, la Fiscalía demostró que el juez y tres funcionarios del Servicio Nacional de Atención Integral a las Personas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI), cometieron asociación ilícita y concusión en concurso real de infracciones.
“En este caso, existió y se probó la exigencia de dinero a un grupo vulnerable, como son las personas privadas de la libertad, comportamiento adoptado por servidores públicos que no es aceptable, pues están llamados a actuar bajo el principio de debida diligencia, según lo establece la Constitución de la República del Ecuador”.
Por ello, señala la Fiscalía, solicitó al Tribunal que no se aplique la suspensión condicional de la pena, “pues se enviaría a la sociedad un mensaje negativo de que la justicia es permisiva con este tipo de delitos cometidos por servidores del Estado”.
En la audiencia de juzgamiento, que concluyó el 26 de noviembre de 2020, la Fiscalía presentó 23 testigos y más de 20 pruebas documentales en el caso denominado El Rodeo.
La información proporcionada por los peritos y testigos, más la prueba documental sostuvieron la teoría del caso en torno a esa investigación.
Inicialmente, los imputados como autores fueron tres jueces de Garantías Penales y Penitenciarias con jurisdicción en el cantón Portoviejo, provincia de Manabí y cuatro funcionarios del SNAI; y, como coautor, un abogado en libre ejercicio.
IEl fiscal Santillán manifestó que “los ocho acusados se habrían asociado para exigir dinero (entre 300 y 5.000 dólares) y botellas de licor a los familiares de personas privadas de la libertad (PPL) de los Centros de Rehabilitación Social El Rodeo y Bahía de Caráquez”.
El dinero era calificado como “ayudas” para tramitar y beneficiarse de garantías penitenciarias, detalló la Fiscalía, recalcando que esos son derechos a los cuales las PPL pueden acceder sin entregar dinero, siguiendo el trámite previsto en la normativa vigente.
Entre las pruebas medulares que presentó la Fiscalía fueron: el testimonio de un privado de libertad, quien afirmó haber entregado más de 1.000 dólares para que uno de los procesados le ayude a tramitar su prelibertad, ya que había cumplido el 60 % de su condena.
También, el testimonio del agente de la Unidad de Inteligencia Penitenciaria y oficial del caso, y del perito criminalístico. Ambos evidenciaron el mecanismo de cobro que se habría aplicado a los familiares de los privados de libertad para “arreglar sus salidas de prisión”.
La intervención de los testigos del SNAI se basó en el proceso de verificación del cumplimiento o no de requisitos de ley en 61 de 91 carpetas de privados de la libertad que habrían solicitado los beneficios penitenciarios, determinándose que faltaban: certificados psicológicos y de acogida familiar, el índice de proclividad delictógena, certificados de permanencia, judicializaciones sin el informe previo del SNAI, entre otros.
En el caso, la Fiscalía pidió la pena agravada de trece años, tres meses y tres días de cárcel, pero los funcionarios fueron sentenciados a la pena mínima de seis años de prisión, como autores directos de asociación ilícita con fines de concusión. (Expreso)