Desde junio próximo el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) debe crear una tabla para financiar los décimos y el fondo mortuorio de los jubilados, que se pagará durante la vida activa de los afiliados.
Este enero, varios jubilados constataron en sus roles de pago que el descuento de 2,76 % correspondiente al financiamiento de los décimos y el fondo mortuorio ya no constan en ellos. La novedad se reporta luego de la sentencia 2318-IN19 de la Corte Constitucional, del 19 de diciembre, en la que resolviera que era inconstitucional dicho descuento.
La Corte decidió eliminar el descuento, lo cual significa que el total de esos rubros saldrá del fondo de Invalidez, Vejez y Muerte del IESS.
Pero también que en 180 días, a partir de la fecha de la sentencia, es decir en junio próximo, el IESS debe crear una tabla para financiar los décimos y el fondo mortuorio durante la vida activa del afiliado.
La decisión causó diversas reacciones entre los afiliados.
De acuerdo con Henry Llanes, vicepresidente de la Asociación de Afiliados, Jubilados y Pensionistas de Pichincha, se trata de una noticia positiva para los jubilados que ya no recibirán el descuento, pero de una mala noticia para los afiliados activos, que verán el descuento del Fondo de Pensiones, que cada vez sigue siendo mermado. Aclaró que esos décimos no los está pagando el Estado, sino los afiliados activos.
En cambio, para Édison Lima, presidente de la Asamblea de Organizaciones de Jubilados Técnicos, Pensionistas y Adultos Mayores, la decisión es legal, y el dinero para cubrir los recursos que antes se obtenían de los descuentos, ahora deberá salir, por un lado del 40% de contribuciones del Estado y, por otro, de los rendimientos del Fondo de Pensiones que maneja el Biess.
Lima también aclaró que antes del 2015, cuando se emitió la Ley de Justicia Laboral, los jubilados recibían sus décimos y fondo mortuorio sin necesidad de ningún descuento.
Otros jubilados estaban temerosos de que la eliminación del descuento significara que ya no se les pagarán los beneficios. Aunque esta última opción no está contemplada en la sentencia de la Corte.
Entre tanto, dentro del proceso que conoció la Corte, el IESS defendió la necesidad del descuento (que ahora ha sido eliminado), indicando que obedecía a que el IESS no puede entregar prestaciones que no estén debidamente financiadas. También aseguró que eliminar el descuento afectaría aún más al Fondo.
Por su parte, la jueza ponente Carmen Corral había establecido que dicho descuento solo cubría el 19,38 % del total a pagar y representaba una manera de diferir injustificadamente las decisiones técnicas por parte del Consejo del IESS, para financiar dichos servicios. Una medida para financiar este servicio sería, justamente, el cambio de la tabla ordenado por la Corte. (El Universo)