Corte Constitucional niega recurso a Consejo Electoral en el caso de Álvaro Noboa

Tras la inadmisión de la Corte Constitucional (CC) a una demanda por supuesto conflicto de competencias entre el Consejo Nacional Electoral (TCE) y el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), ninguno de los dos organismos de la Función Electoral han emitido pronunciamiento sobre cómo resolverán el impasse generado frente a la situación del Movimiento Justicia Social y su posible participación en las elecciones generales del 7 de febrero del 2021.

El último acto conjunto de los titulares de los dos organismos Arturo Cabrera y Diana Atamaint fue la suscripción de un acuerdo ratificando que las elecciones generales del 2021 no se postergarán y que es la obligación de todas las autoridades de la Función Electoral llevar adelante un proceso transparente y en los tiempos del cronograma previsto.

Así, minutos antes de la decisión de la Corte Constitucional, el TCE y el CNE ratificaron que la primera vuelta se mantiene para el 7 de febrero y la segunda vuelta para el 11 de abril.

La demanda por supuesto conflicto de competencias fue planteada por el CNE, al considerar que existía «intromisión» por parte del TCE al disponer que se otorgue a Justicia Social el tiempo para la realización de primarias y elecciones de sus candidatos, como medida de reparación.

Este 24 de diciembre, el Tribunal de Admisión de la CC, conformado por los jueces Ramiro Ávila, Karla Andrade y Daniela Salazar, señaló que no se puede pretender utilizar al organismo constitucional como un «tribunal de alzada» y que «no tienen ninguna relación con un posible conflicto de competencias constitucionales».

«Pues se limitan (los vocales del CNE) a expresar su inconformidad con la resolución de 8 de diciembre de 2020, pretendiendo que esta Corte se pronuncie acerca de su legalidad, cuestión que escapa el ámbito de competencia», agrega el pronunciamiento de la Corte.

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