Con la presentación de 48 elementos de convicción, la Fiscalía consiguió que la ciudadana Neisa S. sea llamada a juicio, en calidad de autora, por su presunta responsabilidad en los delitos de secuestro extorsivo y alteración de la identidad del niño Sebastián, de nacionalidad venezolana, de 18 meses de edad.
El juez de la causa, José Peralta, también llamó a juicio a Mayra M. y a Wilson M., como coautores del delito de alteración de identidad. Además, ratificó las medidas cautelares de prisión preventiva para Neisa S. y de presentación periódica y prohibición de salida del país para Mayra M.
Para Wilson M. dispuso el cambio de la medida cautelar de prisión preventiva, por la colocación del dispositivo de vigilancia electrónica, la presentación periódica y la prohibición de salida del país.
La investigación
El 19 de julio de 2018, la madre del niño Sebastián, Sandybell I., se encontraba con él, su hijo de doce años y otros sobrinos menores de edad, en un sector conocido como ‘La Parada’, situado en Villa del Rosario, Norte de Santander, en la frontera entre Colombia y Venezuela.
Ellos esperaban a unos familiares para regresar a su país natal, Venezuela.
Alrededor de las 15:00, se les acercó Neisa S., quien le dijo a Sandybell I. que también viajaría a Venezuela. Con engaños se ganó su confianza dándoles un juguete a sus hijos, les compró comida y les pagó el hospedaje en una posada para pasar la noche.
Sebastián se encontraba enfermo y Neisa S. le ofreció a la madre llevarlo a un hospital cercano. La madre se negó; sin embargo, por tener que cuidar a los demás niños y ante la insistencia de Neisa S., alrededor de las 20:30 autorizó que ella llevase al niño a la casa de salud, en compañía y bajo el cuidado de su hijo de doce años.
Minutos más tarde, el adolescente regresó a la posada y le dijo a su progenitora que Neisa S. había desaparecido con Sebastián.
La investigación, iniciada en Colombia, evidenció que Neisa S. trasladó a Sebastián a Bogotá, Cali y luego a Ecuador, hasta llegar a la ciudad de Cuenca. La finalidad era engañar a su exconviviente, de nacionalidad austriaca, George M. –quien llegó a Ecuador el 27 de julio de 2018–, y hacer pasar al niño como hijo de él.
El 2 de agosto de 2018, Neisa S. y George M. inscribieron en el Registro Civil de Cuenca a Sebastián como hijo de ellos, con los nombres de Walter Paúl M. S. Además, obtuvieron la cédula de ciudadanía, cambiando la identidad de Sebastián.
Este trámite lo hicieron con la participación de Wilson M. y Mayra M., quienes previamente acudieron a una notaría para realizar una declaración juramentada, en la que dejaron constancia de que Neisa S. –supuestamente– había dado a luz a un niño en su domicilio, en noviembre de 2016.
Operativo de rescate y los elementos que sustentan el caso
El niño Sebastián fue rescatado en Cuenca durante un operativo ejecutado el 4 de agosto de 2018, por la Fiscalía, en coordinación con la Unidad Antisecuestros y Extorsión (Unase) de la Policía Naciona. Se allanó un domicilio ubicado en la parroquia El Batán, donde fueron detenidos Neisa S. y George M. En este lugar se incautaron –como evidencias– prendas de vestir que el niño utilizaba el día del secuestro, vestimenta de Neisa S., pasaportes, cédulas de identidad y otra documentación.
Durante la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, desarrollada el 5 de julio, la Fiscalía presentó como elementos de convicción: la denuncia de la madre receptada en Colombia y su testimonio anticipado, el parte policial y la documentación sobre la investigación realizada por la Policía de Colombia, la captura de pantalla de un video en cuyas imágenes se observa a Neisa S. con el niño, dentro de un local comercial en Colombia.
Asimismo, el informe de la pericia de audio y video realizada a las imágenes extraídas de una cámara de vigilancia de la notaría, partes policiales de la Unase, el informe de reconocimiento del lugar y de evidencias, versiones de funcionarios del Registro Civil, entre otros.
Por no existir elementos de convicción en contra de George M., la Fiscalía emitió dictamen abstentivo, por lo que el juez dictó auto de sobreseimiento para él.
Datos Jurídicos
En el artículo 162, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el secuestro extorsivo con privación de libertad de diez a trece años. Mientras que este cuerpo legal, en su artículo 211, inciso 2, establece una sanción de tres a cinco años para el delito de supresión, alteración o suposición de la identidad y estado civil.
Niesa S. está llamada a juicio por los dos delitos en concurso real de infracciones, tipificado en el artículo 20 del COIP, el cual establece que, cuando a una persona le son atribuibles varios delitos autónomos e independientes, se acumularán las penas hasta un máximo del doble de la pena más grave, sin que por ninguna razón exceda los cuarenta años.