Decreto 1066 de Lenin Moreno generó confusión, polémica y una oleada de comentarios en redes

El presidente de Ecuador, Lenín Moreno, emitió el pasado 21 de mayo el decreto ejecutivo número 1066 mediante el el cual reorganizó la institucionalidad de la Presidencia, sin embargo, al conocerse su contenido en forma detallada el sábado generó polémica en las redes sociales.

Moreno redefinió funciones a tres secretarios de su Gobierno, otorgándole a Johana Pesántez, titular de la Secretaría General de la Presidencia y de la Secretaría Jurídica de la Presidencia, un total de 35 competencias, entre ellas: la autoridad nominadora de la Presidencia de la República.

Asimismo, reasignó las funciones de la Secretaría de Gabinete de la Presidencia, cuyo titular es Juan Sebastián Roldán; y de la Secretaría de Comunicación, liderada por Gustavo Isch.

 

En la red social de Twitter, el usuario Jorge Rojas Cruzatti (@JorgeRojasCr) afirmó que la Asamblea Nacional de Ecuador debe reunirse de urgencia “y declarar abandono de cargo de la Presidencia de la República antes que se acabe el día, luego del decreto 1066 firmado y publicado por @Lenin Moreno. Sino los ecuatorianos deberemos tomar acciones necesarias para cuidar democracia”.

La usuaria Nancy Guamba Díaz (@mashinancyg) dijo que “exactamente son deberes y atribuciones exclusivas del presidente de la república (Art.147CRE), por lo tanto indelegables, se lee el  abandono total del cargo, NO hay presidente @Lenin ABANDONA sus responsabilidades a través de un decreto”.

El usuario Fabricio Vela (@fabriciovelav), por su parte, defendió al Gobierno y dijo que el decreto “define atribuciones ADMINISTRATIVAS del Secretario General de la Presidencia. No le faculta designar ministros (atribución indelegable del Presidente). El cargo está vacante. No lo ejerce Juan Sebastián Roldán, quien es Secretario de Gabinete”.

La Secretaría General de Comunicación, en tanto, publicó un tuit en el cual afirmó que el Gobierno “rechaza los comentarios infundados y malintencionados en torno a la emisión del Decreto Ejecutivo N° 1066, que buscan confundir a la ciudadanía. Por mandato constitucional, las funciones del Primer Mandatario no son delegables”.

 

 

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