El Consejo de la Judicatura (CJ) continúa a la espera de que el Ministerio de Salud Pública (MSP) entregue la información solicitada para determinar la legitimidad de los carnés de discapacidad obtenidos por servidores de la Función Judicial, que incluye a jueces, conjueces, funcionarios jurisdiccionales y administrativos, fiscales, defensores públicos y notarios.
A inicios de julio del presente año, el Pleno del CJ tras conocer la presunta obtención irregular de carnés de discapacidad por parte de servidores judiciales, dispuso a la Dirección Nacional de Transparencia de Gestión que “inicie una investigación rigurosa” que permita recabar elementos que sirvan para, de ser el caso, adoptar “acciones en el ámbito disciplinario, penal e inclusive tributario”.
Inmediatamente, la mencionada dirección solicitó la información pertinente al MSP, al Servicio de Rentas Internas y al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, también pidió a las Direcciones Nacionales y Provinciales de la institución, que verifiquen si la información y documentación presentada por servidores judiciales, con respecto su condición de discapacidad, fue obtenida de acuerdo con las normas vigentes en el país.
Sin embargo, y pese los reiterados pedidos del CJ, el MSP, entidad competente para verificar la legitimidad de los carnés de discapacidad, no ha entregado toda la información solicitada para determinar si fueron obtenidos de manera legal, el tiempo de expedición y su vigencia.
Hasta el momento, el Ministerio ha enviado un informe preliminar relacionado con los jueces y continúa pendiente la información del resto de funcionarios jurisdiccionales y administrativos del CJ, Fiscalía y Defensoría Pública.
En ese documento, la mencionada cartera de Estado señala que tras revisar la información que respalda la emisión de los carnés para personas con discapacidad, que consta en el Sistema de Información en Línea (SIL), “(…) del listado de los 98 jueces remitido por el Consejo de la Judicatura, 37 casos sí cumplen con la documentación registrada, 58 casos ingresan al proceso de verificación, es decir, no cumplen con las parámetros establecidos en la Ley y son sujetos al envío de información por parte del usuario y revisión física del expediente, y 3 casos no existen registrados en el SIL, por lo que se concluye que no deben haberse emitido carnés de discapacidad, en éstos casos específicos”.
Por su parte, la Dirección de Transparencia del CJ, luego de conocer el reporte preliminar del MSP, solicitó a la Dirección de Talento Humano, verifique si los 61 funcionarios que constan en dicho informe (aquellos que no cumplen con los parámetros establecidos y los que no están registrados en el SIL), se beneficiaron con el puntaje de acción afirmativa por condición de discapacidad, en los concursos públicos de oposición y méritos, impugnación y control social, para su ingreso, ascenso o promoción en la Función Judicial o si han sido beneficiados en la obtención de jubilaciones, mediante el uso de estos carnés.
El CJ no tolerará actos de corrupción de los servidores judiciales, por lo que de encontrar irregularidades en las investigaciones, los resultados se remitirán a la Fiscalía y a la Subdirección Nacional de Control Disciplinario para que inicien las acciones penales y administrativas correspondientes.
La investigación que se realiza como parte del primer eje de acción institucional “Lucha contra la corrupción”, se basa en las atribuciones contempladas en la Constitución que determina que el CJ es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial. (Boletín)