La protección económica de los hijos se extenderá hasta los 24 años edad, siempre que se demuestre que están cursando estudios en cualquier nivel educativo, según lo contempla el nuevo Código Orgánico para la Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes que pasó el primer debate en la Asamblea Nacional.
Lo que se conoce como pensiones alimenticias pasará a llamarse régimen de protección económica, a fin de que el aporte que realiza la o el progenitor no sea entendido que es solo por alimentación, sino también para salud, educación, cuidado, vestuario, vivienda, transporte, recreación, rehabilitación y ayudas si tuviere alguna discapacidad.
Así lo explicó la legisladora Encarnación Duchi (PK), quien preside la Comisión para temas de niñez y adolescencia y que junto a ocho legisladores trabajaron el proyecto por 18 meses; el texto está orientado a garantizar la protección por parte del Estado, la sociedad y la familia de este grupo de personas que en el Ecuador constituye el 35% de la población.
El régimen de protección económica terminará a los 18 años de edad si el alimentante no está cursando estudios superiores, y si lo estuviere, hasta los 24 años, excepto cuando la persona padezca de una discapacidad, enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, donde la protección será permanente hasta la muerte del obligado.
En ausencia de los progenitores obligados a brindar la protección económica, ya sea por impedimento, insuficiencia de recursos o discapacidad, los abuelos del protegido, los hermanos de los progenitores mayores a 25 años; los tíos y por último el Estado, serán obligados subsidiarios.
El nuevo Código debatido consta de cuatro libros distribuidos en 672 artículos, 36 disposiciones entre generales, transitorias y derogatorias. En este cuerpo legal se incorporan 409 artículos; 196 se sustituyen; y, 67 se mantienen.
Los cuatro libros se distribuyen en Principios, derechos y garantías; derechos de las niñas, niños y adolescentes y sus relaciones familiares; sistema nacional descentralizado de protección integral a la niñez y la adolescencia; y el sistema de responsabilidad penal de adolescentes y justicia especializada.
En torno al régimen de adopciones, explicó Duchi, lo que se incorpora en la normativa plazos y términos, se priorizará la adopción nacional sobre la internacional, ésta última será excepcional. Lo que se contempla es que el proceso de adaptación deberá concluir máximo en un año; pero así mismo, se estableció la adopción plena y no se permite revertir la adopción. (El Universo)