Augusto Espinosa reconoció que hay criterios divididos en cuanto a la autonomía o no de los institutos públicos, pues unos plantean que sean entidades desconcentradas y adscritas a la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT), otros que deben ser autónomos, aspecto que se resolverá en los mejores términos, al indicar que otra discrepancia está en la situación de la Secretaría Técnica del Consejo de Educación Superior.
El cambio del artículo 81 de la Ley Orgánica de Educación Superior determina la libre postulación de los estudiantes a las universidades y carreras. El sistema de admisión posibilita la realización del curso de nivelación organizado para las instituciones de educación superior. Los bachilleres que no quieran podrán postularse para el ingreso directo a la carrera, a través de un sistema meritocrático que use el Examen Ser Bachiller como instrumento de postulación.
El problema del ingreso a la educación superior no es solo por el sistema de nivelación, sino también el déficit estructural de infraestructura y las capacidades en el sistema. En Ecuador tenemos una tasa de matrícula bruta en educación superior del 25 %, mientras que en países con mayor solidez en sus sistemas llega al 60 %. Por tanto, “urge ampliar las capacidades y la infraestructura de los centros y, lo que es más, disponer los recursos suficientes para efectivizar el fortalecimiento de la formación técnica y tecnológica”, argumentó.
El legislador recordó que en la ley urgente se incrementó del 22 al 25 % el Impuesto a la Renta para las grandes empresas, dinero que se destinará a la activación de la formación técnica y tecnológica. (Ecuadorinmediato)