Al buen chofer le costará la mitad la renovación de su licencia, según reformas a la Ley de Tránsito

El sistema de puntos en las licencias de conducir, vigente desde 2014, tendrá cambios con las reformas a la Ley de Tránsito, que fueron aprobadas por la Asamblea Nacional dos semanas antes de terminar su mandato y que por ahora solo espera la aprobación del Ejecutivo para su publicación en el Registro Oficial. Entre los cambios, se eliminan 79 causales para la reducción del score (30 unidades) y -como incentivo para mantener íntegro su registro- los conductores que nunca pierdan sus puntos tendrán un descuento del 50% cuando les toque renovar el documento.

Fafo Gavilánez, asambleísta ponente del proyecto reformatorio, destaca que la Ley no tiene un carácter recaudatorio, sino que busca potenciar la seguridad vial mediante la educación, uno de los ejes de la reforma, aunque también es estricta para quienes no obedezcan las normas, con el retiro definitivo de la licencia.

El sistema de puntos se mantiene solo para las contravenciones de primera y segunda clase. De la tercera a la séptima se dispone a la nueva Asamblea que, en un plazo de 180 días, reforme el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y allí se establezcan las sanciones correspondientes”, dice Gavilánez, quien espera que el presidente Lenín Moreno, antes de concluir su mandato este 24 de mayo, ordene el ejecútese y no vete las reformas.

Si Moreno no introduce ningún cambio al texto aprobado en el Legislativo el pasado 30 de abril, los conductores ya no perderán puntos en la licencia por las contravenciones que estaban normadas en los artículos 388, 389, 390, 391 y 392 del Código Penal vigente que contiene la Ley de Tránsito.

Por ejemplo, ya no verá reducido su puntaje el conductor que desobedezca las órdenes de los agentes de tránsito y toda señalización colocada en las vías públicas, tales como: semáforos, pare, ceda el paso, cruce o preferencia de vías. Tampoco se sancionará con reducción de puntos a la persona que conduzca un vehículo sin “las placas de identificación correspondientes” o que circule con las “placas alteradas u ocultas”, o aquel que exceda dentro de un rango moderado los límites de velocidad permitidos.

Todas estas son contravenciones de cuarta clase, que actualmente son sancionadas con seis puntos menos a la licencia y una multa del 30% de un salario básico ($ 120). Eso sí, la reforma no lo librará de las sanciones pecuniarias y, como insiste el asambleísta Gavilánez, la nueva Asamblea establecerá otro tipo de castigos que deben incluirse en futuras reformas al COP.

En Ecuador, cuando se pierden todos los puntos el conductor queda inhabilitado para conducir cualquier tipo de vehículo.

La reforma establece exámenes periódicos para los conductores. También dice que la licencia será revocada cuando los exámenes físicos y psicológicos determinen la incapacidad del conductor o cuando haya sido sancionado dos veces consecutivas en un año por conducir en estado de ebriedad.

Al nuevo presidente, Guillermo Lasso, le corresponderá emitir un reglamento a la ley que permita llevar estas reformas a la práctica, ha dicho Adrián Castro, experto en Derecho Constitucional, y consultor en temas de Movilidad y Transporte, quien fue parte de las mesas técnicas en la Asamblea Nacional, donde se trataron estos temas antes de su aprobación.

Al igual que el asambleísta Gavilánez, la Federación Nacional de Cooperativas de Transporte Interprovincial de Pasajeros (Fenacotip) espera que el presidente Moreno envíe la reforma directamente al Registro Oficial.

Pero no todos están de acuerdo. Cristóbal Buendía, titular del Observatorio de Movilidad, ha pedido a Moreno el veto parcial a las reformas a la Ley de Tránsito pues está en desacuerdo con que se proponga ampliar cinco años más la vida útil de los vehículos de transporte público y que estos pasen por una sola revisión técnica vehicular al año.

Para Castro, ninguna ley es perfecta y no se pueden solucionar los problemas de movilidad únicamente con normativas. Para cumplir con el plan de seguridad vial, dice, es importante implementar todo sobre aquello en la malla curricular en escuelas y colegios, algo que precisamente contempla la reforma legal.

“Esta es una ley pragmática y no sólo declarativa. Las causales de revocatoria de la licencia que antes no existían en la ley ahora están de forma taxativa en la reforma”, dijo Castro en un panel de radio Democracia, tres días después de lo aprobado por la Asamblea.

Con él coincide Guillermo Abad, secretario de movilidad del Distrito Metropolitano de Quito, quien también formó parte de la comisión de movilidad que trató las reformas a la Ley de Tránsito. “La ley potencia la seguridad vial a través de la tecnología, como apoyo a la acción humana en el control del tránsito”.

Abad se refiere a que la reforma obligará a los buses de transporte público a nivel nacional a instalar sistemas de posicionamiento global (GPS) para que las autoridades de tránsito, ya sean de ámbito nacional o municipales, monitoreen el cumplimiento de velocidad, paradas obligatorias, rutas, frecuencias, aforo de pasajeros, entre otros aspectos.

El funcionario capitalino dice que la Ley establece la jerarquización de la movilidad. “Y eso es importante porque brinda los principios fundamentales en los cuales se basan las políticas públicas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD)”.

Castro va más allá y asegura que la Ley no solo busca incentivar las buenas prácticas de conducción o le brinda relevancia a la educación vial, sino que además es descentralizadora al explicar una parte del régimen transitorio: Los municipios que estén listos, dentro de sus competencias, podrán emitir licencias y placas. (El Universo)

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