El Universo.- Por unanimidad los jueces de la Corte Nacional Pablo Loaiza, Rita Bravo y David Jacho negaron el recurso de habeas corpus que presentó Freddy Carrión, exdefensor del Pueblo sentenciado a tres años de cárcel por el delito de abuso sexual. La lectura oral del fallo se dio la mañana de este martes, un día después de que se realizó la audiencia en la que se escuchó a la defensa del accionante, al representante de la Fiscalía y se leyó un informe de los jueces accionados.
La defensa de Carrión buscaba que su cliente pueda salir de la Cárcel 4, ubicada al norte de Quito, en la que se encuentra desde hace ya 24 meses y así se le permita defenderse en libertad. Richard González, uno de los tres abogados que acompañó al exdefensor del Pueblo, aseguró que aún Carrión goza de la presunción de inocencia y se le está vulnerando el derecho a la libertad. Pidió al Tribunal que ordene medidas alternativas a la prisión preventiva.
El 20 de octubre de 2021, Freddy Carrión recibió la sentencia de primer nivel que lo condenaba a tres años de cárcel y al pago de $ 21.560 como reparación integral a la víctima. El fallo también incluyó el pago de una multa de diez salarios básicos unificados ($ 4.000) y la pérdida de los derechos políticos del condenado por el mismo tiempo que dure la pena privativa de libertad. En apelación un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia también ratificó la condena de primera instancia.
El Tribunal que resolvió el hábeas corpus resaltó la gravedad de las acciones que se imputan a Freddy Carrión y explicó que la prisión ordenada está revestida de legalidad y por lo tanto no es arbitraria. Refirió el presidente de la Sala, Pablo Loaiza, que las pretensiones del accionante están encaminadas a que este órgano constitucional cambie o sustituya la prisión preventiva, por otras medidas cautelares previstas en nuestra normativa, situación que está fuera de la etapa procesal que se estaba tratando.
“El Tribunal define que no existe arbitrariedad en la prisión preventiva ordenada contra Freddy Carrión, lo cual no puede ser ni revisado, ni sustituído en el actual momento (…) Por unanimidad, administrando justicia constitucional, en nombre del pueblo soberano del Ecuador y la Justicia constitucional, resuelve negar la acción de habeas corpus formulada por Freddy Carrión”, señaló la resolución del Tribunal.
Inmediatamente intervino la esposa de Carrión, Priscila Schettini. Ella anunció la apelación a la decisión unánime y criticó a los jueces por mantener preso por dos años a su pareja dentro de lo que calificó como “un caso armado y forjado por la fiscal general Diana Salazar”. Schettini defiende la inocencia de Carrión y afirma que él es un perseguido político.
“Prevaleció la justicia prostituida y la persecución política. Vergüenza de jueces. No nos cansaremos de evidenciar a los sicarios judiciales”, señaló en su cuenta de Twitter Schettini.
Al momento la fiscal general enfrenta denuncias del colectivo Acción Jurídica Popular de un supuesto plagio en su tesis doctoral y en documentos entregados para el concurso en el que fue seleccionada y designada fiscal general del Estado en 2019, intentos por llevarla a una audiencia públicas en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para explicar temas relacionados a su tesis de grado y la existencia de un informe jurídico de control disciplinario al interior del Consejo de la Judicatura (CJ), que se buscó, sin éxito, que se analice. El documento recomendaba la suspensión de la fiscal Salazar.
Schettini es parte del colectivo Acción Jurídica Popular, así como también lo es Angélica Porras, exvocal del Consejo de la Judicatura de transición y abogada de Freddy Carrión.
En los último días también se dio un mensaje en el que se amenazaba contra la vida de la fiscal general y su familia. Esto generó que se refuerce la seguridad de la titular de la Fiscalía y se inicie un proceso de investigación para dar con los responsables materiales e intelectuales del video enviado al teléfono celular personal de Salazar y en el que se emiten las amenazas. (I)