La medida estuvo vigente casi cuatro años. Era septiembre del 2015 y la Corte Nacional de Justicia (CNJ) emitía la resolución 12-2015, que avalaba la acumulación de penas por drogas.
Ahora, este mismo organismo derogó la medida. Hasta el momento, los magistrados sumaban cada sustancia hallada en poder de los procesados y emitían el fallo.
Por ejemplo, si una persona era arrestada con 1 gramo de clorhidrato de cocaína (penada con tres años de cárcel) y 300 gramos de marihuana (cinco años de prisión), podía ser condenado a ocho años.
Con la nueva resolución, cuya aplicación es obligatoria, los detenidos serán juzgados por la droga, cuyo peso y pureza sean mayores que el resto de las sustancias descubiertas.
Es decir, si en un operativo se confiscan 2 gramos de pasta base de cocaína, 20 de marihuana y 2 000 de heroína, el detenido será sancionado solo por esta última y puede recibir una sanción de hasta 13 años.
Con la anterior medida, la condena sería de 19 años. Para tomar esta decisión, el Pleno de la Corte Nacional analizó tres fallos judiciales de la Sala Penal. En esas causas, los magistrados cuestionaron la acumulación de penas, pues consideraron que esa medida “provocó un incremento desproporcionado de los casos de delitos de drogas”.
En las penitenciarías, el 28,63% de los presos está recluido por drogas. Es la primera población carcelaria. El extinto Ministerio de Justicia ya apuntaba a la acumulación de penas como una de las causas para que haya un repunte en el hacinamiento, que ahora bordea el 42%.
En la Corte se indica que la medida no se adoptó por el tema carcelario, pero la Defensoría Pública asegura que esa reforma era necesaria para reducir la sobrepoblación en los centros de rehabilitación. En las cárceles se empezaron a receptar las peticiones de los posibles beneficiarios.
Solo en Quito se han registrado 18 solicitudes y dos personas ya han recobrado su libertad. Los otros casos están por tratarse en una audiencia o los presos lograron que se reduzca la pena para acelerar su salida. El juez Merck Benavides, uno de los que aprobó la resolución, dice que esto ocurre porque la medida no solo se aplica para los nuevos procesados sino incluso para quienes ya cumplen una condena.
El Código Penal (art. 5) habla del denominado “principio de favorabilidad”. Allí se menciona que en “caso de conflicto entre dos normas que contemplen sanciones diferentes para un mismo delito se aplicará la menos rigurosa”.
Tras la decisión judicial, que se hizo pública la semana pasada, se conoció que una de las personas favorecidas es María. Ella salió de prisión el 28 de mayo porque su abogada solicitó que se la juzgue solo por la droga con el peso más alto que el resto de narcóticos hallados.
Con eso consiguió que su pena, interpuesta inicialmente por traficar tres tipos de alcaloides, se reduzca de tres a un año. Ella ya había cumplido dos años y cuatro meses y pudo dejar la prisión de inmediato. Otra persona que salió libre fue Wilson. Su abogado solicitó que le rebajaran la pena a su cliente.
Cumplía una pena de ocho meses por tráfico de drogas y estuvo recluido en la cárcel de El Inca, en el norte de la capital, desde enero de este año. Un juez le rebajó la sentencia a cuatro meses y salió libre el pasado 1 de mayo. En febrero pasado, la Defensoría del Pueblo emitió un informe en el que recomendó adoptar “beneficios penitenciarios”, para reducir el hacinamiento en las celdas.
En el 2015, la Policía detuvo a Marcelo mientras hacía entregas de droga a domicilio en un taxi. Cuando los agentes lo requisaron hallaron fundas con narcóticos en sus bolsillos. También descubrieron droga en su casa y en su auto decomisaron dos celulares y USD 50.
En el 2016, los Tribunales de primera y segunda instancia le sancionaron con una pena de 13 años por expender tres tipos de drogas diferentes (43 gramos de cocaína, 166 de pasta base y 4 424 gramos de marihuana). Su abogado solicitó que la Corte Nacional analizara ese fallo. Tras una audiencia que se desarrolló en octubre del año pasado, un Tribunal le redujo la pena a cinco años.
Precisamente este fue uno de los tres casos que se analizaron para que ahora se haya emitido la nueva disposición. Algo similar sucedió con Nilson y José. En noviembre del 2015, mientras iban por Tulcán, la Policía les descubrió con 41 800 gramos de cocaína y 15 500 gramos de marihuana.
Un Tribunal Penal los sentenció a 34 años, porque les acumularon las penas por cada sustancia incautada. Esa condena fue ratificada en la Corte Provincial del Carchi. Luego, los abogados apelaron en la Corte Nacional de Justicia. Los jueces analizaron el caso y aplicaron “la norma penal que sea más favorable”.
Finalmente, la sentencia fue de 17 años y cuatro meses porque los dos sentenciados eran reincidentes en el delito de tráfico de narcóticos. (El Comercio)