Hombre fue sentenciado a 22 años de cárcel por violar a su sobrino

La violación que venía sufriendo un menor de 10 años, por parte de su tío Jorge Luis S. M., no quedó en la impunidad. La Fiscalía obtuvo una sentencia condenatoria de veintidós años para el agresor, terapias psicológicas durante dos años para la madre y la víctima, y el pago de una multa de USD 5.000 como medida de reparación integral, ante el alto impacto psicológico (estado de shock emocional) en el que se encuentran.

Los hechos se denunciaron en abril de 2017, cuando la progenitora se enteró de la agresión sexual que su hijo sufría desde hace cinco años, en su propio vecindario, en la Cooperativa Santiaguito Roldós (Guasmo oeste de Guayaquil), donde era ultrajado constantemente en el taller de ebanistería de su tío, al que acudía a retirar materiales de manualidad para su mamá.

La Fiscalía también investiga –en otro proceso penal– a seis adolescentes del mismo sector, que, presuntamente, también habrían participado en este delito de naturaleza sexual, en una vivienda cercana al taller, en contra del mismo infante.

Como consecuencia de estos hechos, el menor evidencia rasgos y características de una víctima de violación y conducta hostil por el acoso (bullying) de sus compañeros de escuela, por lo que debió ser cambiado a otra unidad educativa.

Para la fiscal de Violencia de Género, Yoli Pinillo, el adulto sentenciado se aprovechó de la condición de vulnerabilidad en la que se encontraba el infante y de su relación de parentesco, que le permitía frecuentarlo, según su teoría del caso, expuesta en audiencia de juzgamiento, en la Unidad Judicial Penal Norte 2, de Albán Borja, el pasado 4 de junio.

Ante los jueces del Tribunal –Isabel Burgos, Vanessa Vera y Rocío Álvarez– presentó siete pruebas testimoniales y pruebas documentales, entre ellas, el reconocimiento médico legista, la valoración del entorno social, la pericia psicológica, un reporte del departamento de Consejería Estudiantil de su escuela y el testimonio anticipado de la víctima, que demuestra “una concordancia de los hechos entre sí y confirma que los actos denunciados sí sucedieron. (Boletín)

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