8.981 personas privadas de libertad podrán votar en consulta popular

El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó que 8.981 personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria, mayores de 18 años, están habilitadas para ejercer su derecho al voto de forma obligatoria el 1 de febrero de 2018, tres días antes de la convocatoria general para el referéndum y consulta popular, que cuenta con siete preguntas propuestas por el presidente Lenín Moreno.

El proceso electoral se desarrollará el domingo 4 de febrero del 2018 de manera general en todo el territorio nacional desde las 07h00 hasta las 17h00. Además, se llevará a cabo en las embajadas y consulados ecuatorianos alrededor del mundo.

Según información del CNE, acudirán a las urnas 12’626.598 electores, de los cuales 6.337. 056 son mujeres y 6.294.364 hombres. Además, 238.636 ciudadanos conformarán las 34.189 Juntas Receptoras del Voto a escala nacional y las 3 circunscripciones en el exterior. Un total de 35.700 policías estarán a cargo del control del proceso electoral y 12.561 de la seguridad ciudadana.

Los ciudadanos mayores de 18 años y menores de 65 que no acudan al sufragio, pagarán una multa. Así lo aseguró el director de la Delegación Electoral en Guayas, Marlon Lanata, quien indica que con la nueva alza salarial de 11 dólares para el 2018, es decir, de $375 a $386, también incrementa la sanción.

“La persona que no acuda a sufragar deberá cancelar el 10% de una remuneración mensual unificada, según consta en el Código de la Democracia. Esto equivale a $38,60”, explicó.

Los ciudadanos seleccionados como integrantes de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) y que no asistan deberán pagar el 15% de la remuneración básica: $57,90. Y si no sufragó equivalen a dos multas: $96,50.

Las sanciones pueden ser canceladas de lunes a viernes de 08:30 a 16:30 en las distintas delegaciones del Consejo Nacional Electoral (CNE) en el país. La entrega del certificado de votación es inmediata.

Lanata recalca que no hay un plazo exacto para cancelar la multa, sin embargo enfatiza que es necesario para que las personas tengan su certificado para los posteriores trámites.

Por otro lado, indica que quien no vote o no participe en la mesa electoral, se justifica su inasistencia en dos casos puntuales: si está fuera del país o por algún tipo de enfermedad. (EcuadorInmediato)

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