ECUADOR | Menor fue invitado a jugar videojuego, fue emborrachado y abusado sexualmente

La invitación a jugar un videojuego fue la coartada que Jorge Andrés C. utilizó para abusar sexualmente de su vecino, un adolescente de 17 años.
Con ese pretexto, el agresor convenció a la víctima para que fuera a su casa. Ahí, le dio de tomar alcohol hasta hacerle perder el conocimiento y cometer el delito.

Esto fue parte de la exposición del relato de los hechos que el fiscal especializado en Violencia de Género, Galeano Balcázar, expuso en su alegato de apertura en la audiencia de juicio, desarrollada en el Complejo Judicial Norte, logrando una sentencia condenatoria de tres años contra el acusado.

El delito –dijo– ocurrió en enero de 2020, en un conjunto habitacional ubicado en la parroquia Calderón, en el norte de Quito.

El testimonio anticipado rendido por el joven guardó coherencia con el resto de pruebas practicadas en la audiencia por Fiscalía. Entre estas se incluyen: el testimonio de su madre, quien –bajo juramento– aseguró al Tribunal de Garantías Penales que, tras la agresión sexual, el comportamiento de su hijo cambió.

Fue ella quien formalizó la denuncia tras enterarse, cuatro meses después, de lo que ocurrió en la casa de su vecino. Según dijo, durante ese tiempo, él adolescente guardó silencio, pero el cambio de actitud, sumado al declive en su rendimiento académico y al repentino consumo de licor la llevaron a sospechar que algo no estaba bien, logrando que el adolescente le contara lo ocurrido.

Los daños emocionales en él fueron evidenciados con la pericia psicológica practicada a la víctima. A esta prueba se agregó la pericia de trabajo social, que determinó una afectación a nivel familiar, pues tuvieron que mudarse del domicilio en el que vivieron durante varios años para evitar encuentros entre la víctima y el victimario.

Una pericia de rasgos de personalidad practicada al procesado también fue valorada por los jueces.

Con este acervo probatorio, el fiscal Galeano Balcázar destruyó la presunción de inocencia de Jorge Andrés C., logrando su condena –en calidad de autor directo– por el delito tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Parte de la sentencia resuelta por el Tribunal incluye el pago de una reparación integral a favor de la víctima, además de una multa de diez salarios básicos de trabajador.

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