IESS pide inconstitucionalidad de la Ley de Educación que otorga beneficios a los maestros

La Corte Constitucional recibió dos pedidos para que se declare inconstitucional la Ley de Educación Intercultural Bilingüe, aprobada por 126 asambleístas el 9 de marzo pasado.

La primera demanda fue presentada por Álvaro Galarza, representante legal del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Así consta en el portal de causas de este organismo, consultado este jueves 20 de mayo del 2021.

En su escrito, Galarza señala los artículos que, a su criterio, contradicen la Constitución. Entre ellos se menciona la disposición reformatoria tercera que se refiere a la jubilación especial de los docentes.

La Ley aprobada otorgó el derecho de que los profesores puedan jubilarse luego de 300 imposiciones mensuales (25 años) y “sin límite de edad”. Esta disposición modifica el artículo 201.1 de la Ley de Seguridad Social, en donde se establecía que los maestros podían jubilarse después de 360 imposiciones mensuales (30 años).

Galarza sostiene que la creación de esta jubilación temprana “no cuenta con los estudios financieros ni actuariales que lo sustenten, pues al ser una nueva prestación del sistema de seguridad social, debe estar adecuadamente financiada y ser sostenible”. Indica que su aprobación viola los artículos 287 y 369 de la Constitución de la República, en donde se determina que cualquier ley que cree una obligación financiera debe contar con una fuente de financiamiento.

En la demanda, el procurador del IESS asegura que el financiamiento sostenibilidad del fondo de Invalidez, Vejez; y, Muerte se verá afectado. Cita el informe del Banco Mundial, en donde se establece que estos fondos “se encuentran fuertemente afectados con reservas cuya sostenibilidad en un corto plazo resultarán ineficientes y no alcanzarán para cubrir las pensiones de los actuales jubilados, peor aún de los futuros”.

La segunda demanda de inconstitucionalidad fue presentada por el abogado Luis Javier Bustos, a título personal. Según el jurista, los artículos que vulneran la Constitución son el 8, 9, 12, 20, 61, 113, 116 y 117. Además de 15 disposiciones generales, reformatorias y transitorias.

Bustos indica que la Asamblea creó una obligación económica sin fuente de financiamiento cuando eso solo lo puede realizar el Presidente de la República, por lo que vulnera lo establecido en el artículo 137 de la Constitución.

Además, dice que, al eliminarse la edad mínima de jubilación, se afectaría al Presupuesto General del Estado. “Tendremos casos de profesores que cumplan los requisitos con 50 años de edad y decidan jubilarse; por tanto, el seguro de Invalidez, Vejez y Muerte pagaría diez años más de pensiones respecto de la edad normal actual de jubilación en el IESS que es de 60 años para el resto de los trabajadores”.

Bajo ese mismo criterio, Bustos señala que el incremento del salario básico del profesor, de USD 817 a 1 000, también es inconstitucional por la falta de financiamiento. El jurista pide se vete la ley para que esto se aplique.

Después de aprobada la Ley, el ministro de Economía, Mauricio Pozo, dijo que solo por el incremento salarial, el Estado debería desembolsar USD 2 900 millones al año y que esto no era viable porque el país está en crisis económica y el déficit fiscal (sin contar con el alza salarial) es de USD 3 900 millones.

En su demanda, Bustos dice que “es más que increíble que, de manera irresponsable, fue aprobada (la Ley) por la Asamblea Nacional y como colegislador por el presidente de la República quien no la vetó, como correspondía, poniendo así en riesgo a los más de 400 000 jubilados que existen en el país, y a quienes esperamos jubilarnos algún día”.

Actualmente, ambas demandas fueron asignadas al juez Alí Vicente Loza, quien deberá sustanciar el proceso y dar trámite. (El Comercio)

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