Bancos no deberán cobrar mora si se ha diferido el pago de cuotas

Si se difieren deudas en la emergencia sanitaria, los intereses por mora no se deben cobrar, así lo aseguró el presidente de la Junta de Regulación de Política Monetaria y Financiera, Marcos López.

El funcionario aclaró que si se otorga una prórroga de las cuotas estas no deben generar recargos ni deterioro en la calificación de riesgo de los clientes porque no son transacciones nuevas.

Dijo que tampoco se podrán dar otros recargos como es el del pago de la contribución a Solca.

López señaló que este beneficio no incluye una condonación de los intereses normales del crédito, los cuales deberán cancelarse una vez termine la prórroga. Pero aconsejó al cliente que confirme que la entidad financiera le concedió el diferimiento debido a que no existe la obligación de los bancos de hacerlo.

Recordó que con esta medida la Junta otorga a los clientes del sistema bancario  que tengan más tiempo para pagar sus cuotas.

El tema ha despertado dudas entre los ciudadanos que aplazaron uno o dos meses los pagos a bancos y tarjetas de créditos, así como en quienes buscan diferir por primera vez.

Desde inicios de junio del 2020, a través de redes sociales, varios usuarios informaban haber recibido notificaciones de sus bancos de que los cobros se reactivarían desde este mes.

En el caso de los créditos que se aplazaron en abril y mayo el plazo se amplió hasta 90 días más y las operaciones que no sean pagadas en la fecha de vencimiento serán transferidas por los bancos a cuentas vencidas.

La ampliación del diferimiento esta vigentes desde el 9 de junio y el cliente debe solicitar directamente a la institución financiera. También puede ser que el banco proponga la ampliación y el usuario debe dar su autorización.

Quienes por primera ocasión deseen posponer las cuotas tienen hasta agosto para solicitarlo.

Fuente: El Comercio, redes sociales

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